Formación Permanente: Tema 1: La pobreza en las Reglas, Constituciones y Estatutos
Tema 1: La pobreza en las Reglas, Constituciones y Estatutos
1.1. Reglas comunes de la Congregación
- Habiendo Jesucristo, verdadero Señor de todas las riquezas, abrazado de tal modo la pobreza que no tuvo dónde reclinar su cabeza, y habiendo querido que los que trabajaban con El en las Misiones, o sea, sus Apóstoles y discípulos, viviesen en tal estado de pobreza que no tuviesen cosa propia, a fin de que así estuviesen mejor preparados para combatir y vencer la codicia, que va perdiendo a todo el mundo; cada uno de nosotros, según sus fuerzas hará todo lo posible por imitarle en esta virtud, teniendo por cierto que ella será el muro inexpugnable mediante el cual, y con la asistencia de la divina gracia, la Congregación vivirá perpetuamente.
- Y aunque nuestros ministerios en las Misiones, en cuanto que debemos ejercerlos gratuitamente, no nos permitan practicar una rigurosa pobreza; sin embargo, con el afecto y en cuanto podamos también con el efecto, procuraremos observarla, especialmente en las cosas que a continuación se expresan.
- Todos y cada uno de los individuos de nuestra Congregación tendrán bien entendido que, a ejemplo de los primeros cristianos, entre nosotros todas las cosas serán comunes, y el Superior las distribuirá a cada uno, a saber. la comida, el vestido, los libros, muebles y demás cosas, según las necesidades de cada uno en particular; no obstante, para que nadie haga nada contra la pobreza que hemos profesado, ninguno podrá disponer de estos bienes de la Congregación, ni distribuirlos en manera alguna, sin licencia del Superior.
- Nadie tendrá la menor cosa sin conocimiento del Superior, o contra su voluntad, o que no esté dispuesto a dejarla al menor mandato y aun simple indicación del mismo.
- Nadie usará de ninguna cosa como si fuera propia. Ninguno dará, ni recibirá, ni prestará, ni tomará prestada, ni pedirá de otra parte cosa alguna sin permiso del Superior.
- Nadie tomará para sí aquello que está destinado al uso de otro, o puesto aparte para la comunidad, o que alguno haya dejado, aunque sólo sean libros; nadie entregará a otro lo que se le ha dado a él para su uso sin permiso del Superior, ni lo dejará perder o menoscabar por su abandono.
- Ninguno buscará cosas superfluas o curiosas; y en cuanto a las necesarias, cada uno moderará de tal manera sus deseos, que la comida, la habitación y la cama estén en armonía con lo que corresponde a un pobre; y en estas cosas, lo mismo que en todas las demás, todos estarán dispuestos a experimentar algunos efectos de la pobreza, y hasta llevarán a bien que se les dé lo peor de cuanto hay en casa.
- Y para que entre nosotros no se vea cosa alguna que tenga el más mínimo resabio de propiedad, nuestras habitaciones no se cerrarán de tal manera que no se puedan abrir desde afuera; y en ellas no habrá arcas o cosas parecidas cerradas con llave particular, sin permiso expreso del Superior.
- Cuando uno sea destinado de una casa a otra, no se llevará la menor c osa consigo sin permiso del Superior.
- Y ya que se puede faltar a la virtud de la pobreza aun con solo el afecto desordenado a los bienes temporales, todos procurará con la mayor diligencia que este mal no se apodere de sus corazones, ni aun respecto de la consecución de beneficio, so color de bienes espirituales; y por eso, nadie aspirará a ningún beneficio o dignidad eclesiástica, bajo pretexto alguno.
1.2. Constituciones de la Congregación
Capítulo III. Castidad, pobreza y obediencia.
- Deseando continuar la misión de Cristo, nos entregamos a evangelizar a los pobres en la Congregación todo el tiempo de nuestra vida. Para realizar esta vocación, abrazamos la castidad, la pobreza y la obediencia conforme a las Constituciones y Estatutos. En efecto, « la pequeña Congregación de la Misión. para dedicarse a la salvación de las almas, sobre todo de los pobres del campo, ha pensado que no podía usar de armas más fuertes y más adecuadas, que las que usó la Sabiduría eterna con tanto éxito y tanta eficacia» (RC II, 18).
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- «Aunque era verdadero dueño de todos los bienes, Cristo adoptó una vida tan pobre que no tenía donde reclinar su cabeza. Quiso además que los apóstoles y discípulos que trabajaban con El en la misión vivieran en el mismo estilo de pobreza de modo que no tuvieran ninguna propiedad personal. También nosotros nos esforzaremos, según nuestras pobres fuerzas, en el cultivo de esta virtud» (RC III, l). De este modo los misioneros manifestarán que dependen totalmente de Dios y la misma evangelización de los pobres resultará más eficaz.
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- En el cumplimiento de su oficio, según el fin de la Congregación y el proyecto comunitario, todos han de sentirse sujetos a la ley universal del trabajo.
- Según el derecho propio, son bienes de la Congregación los frutos del trabajo y cualesquiera otros -pensiones, subvenciones, seguros en atención a la Congregación que le vienen al misionero a partir de su incorporación, de suerte que, a ejemplo de los primeros cristianos, vivamos una verdadera comunión de bienes y nos ayudemos fraternalmente.
- Teniendo presente las condiciones de vida de los pobres nuestro estilo de vida debe denotar sencillez y sobriedad. En cuanto a los medios de apostolado, si bien eficaces y modernos, carecerán de toda apariencia de ostentación.
- Lo que es necesario para el sustento y formación de los misioneros y para el desarrollo de las obras ha de proceder, sobre todo, del esfuerzo común. La Congregación evitará toda acumulación de bienes y procurará gastar de lo propio en favor de los pobres. Así es como, libre del deseo de riquezas, servirá de testimonio a un mundo contagiado de materialismo.
- En el uso y disposición de los bienes es necesario, por razón del voto, contar con el permiso del Superior, según las Constituciones y los Estatutos. Ahora bien, para vivir el espíritu de pobreza no basta con el permiso del Superior, sino que es necesario que cada uno pondere qué es lo más propio y más conforme a nuestra vida y ministerio, según el espíritu de nuestro Fundador, expresado en las Reglas Comunes.
- Conforme al Estatuto Fundamental del voto de pobreza en la Congregación, emplearemos los bienes propios, con permiso del Superior, en obras de caridad y en favor de los compañeros, evitando las diferencias entre nosotros.
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1.3.Estatutos de la Congregación
Capítulo III. Castidad, pobreza y obediencia (a.28-39)
La Asamblea Provincial concretará las normas prácticas de la pobreza en conformidad con las Constituciones y según el espíritu de las Reglas Comunes y del Estatuto Fundamental de Pobreza dado por Alejandro VII a la Congregación («Alias Nos supplicationibus»).
Cada Provincia y Comunidad local, teniendo en cuenta las diversas circunstancias, busquen el modo de guardar la pobreza evangélica y establezcan una revisión periódica sobre el mismo, teniendo por cierto que la pobreza es, no sólo el baluarte de la Comunidad (cfr. RC III,1), sino también condición de la renovación y signo del progreso de nuestra vocación en la Iglesia y en el mundo.
Sugerencias para la reflexión
1) Lectura atenta de los textos
2) Debate sobre los contenidos
3) Desde nuestra situación personal, comunitaria y social:
- Fortalezas que contemplamos en los textos
- Debilidades que encontramos
- Amenazas externas que afectan a los textos
- Oportunidades que presentan
Debilidades
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Fortalezas
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Amenazas
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Oportunidades |
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