Normas Provinciales 1991
Provincia de Zaragoza
VIII Asamblea Provincial
Normas Provinciales
Líneas Operativas
1991
A LOS PADRES, HERMANOS, ESTUDIANTES Y SEMINARISTAS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
La gracia del Señor sea siempre con nosotros.
Con especial gozo y esperanza en el Señor os presento las Normas Provinciales 1991 ya aprobadas por el Padre General.
Os presento también las Líneas Operativas de la Provincia para los próximos años.
Que estas Normas Provinciales y Líneas Operativas nos ayuden, en nuestro cotidiano vivir y hacer, a «revestirnos del espíritu de Jesucristo» para poder así continuar su misión de Evangelizador y Servidor de los pobres.
Para ello, estas Normas Provinciales y Líneas Operativas se han de vivir, no meramente según la letra de su formulación sino condimentadas con la savia de las “máximas evangélicas» y de las «cinco virtudes» propias de la Congregación.
Con mi saludo fraternal quedo de todos aftmo. en Vicente.
JOSE IGNACIO FERNANDEZ HERMOSO DE MENDOZA, C. M.,
Visitador
Zaragoza, 18 de octubre de 1991.
Fiesta de San Lucas «Scriba Misericordiae Domini».
NORMAS PROVINCIALES
ACTIVIDAD APOSTÓLICA
PRINCIPIOS GENERALES
1.- Manifestarnos nuestra condición de misioneros y estaremos dispuestos a partir a otros lugares.
a) La sugerencia del cambio puede venir del Obispo, de la Provincia o de la Comunidad local.
b) La decisión del cambio compete siempre a la Provincia conforme a las Constituciones y Estatutos, teniendo en cuenta a la Comunidad local.
c) El Visitador, para los destinos, tenga en cuenta prioritariamente, las Líneas Operativas.
2.- Nuestros lugares de trabajo no podrán ser otros que los que se deriven del espíritu vicenciano: zonas rurales deprimidas económicamente y escasas de clero, núcleos de inmigrantes y emigrantes, y donde existan nuevos pobres en la sociedad actual.
3.- Revisaremos nuestras obras de manera que todas ellas respondan cada vez más plenamente a la vocación propia de la Congregación (Con. 12, y Est. 1).
MISIONES POPULARES
4.- La Provincia de Zaragoza considera la renovación de la Misión extraordinaria como la prioridad más urgente del momento actual. En particular, se propone promover con empeño las Misiones Populares según Const. 14.
5.- El Proyecto Provincial asumirá con claridad la forma de llevar a cabo de manera efectiva este ministerio, a tenor de las directrices expuestas en las Líneas Operativas de la Provincia.
MISIONES «AD GENTES»
6.- Nuestra participación en el trabajo misional «Ad Gentes», del que todos hemos de sentirnos solidarios, se orientará preferentemente a la misión de Honduras.
7. La Provincia procurará contribuir con su personal, preferentemente en forma temporal, a la evangelización de los pobres y al establecimiento del Reino de Dios en el territorio de dicha misión. Sea generoso el Visitador en permitir ir a éste y a otros posibles países de misión a quien lo pida y reúna los requisitos necesarios.
8. Procuraremos mantener una alta estima del ideal misionero y fomentaremos las inquietudes misioneras en cuantos se relacionan con nosotros, colaborando en OO.MM.PP. y AMVE.
9. A cada uno de los miembros de la Provincia se le invita a que tanto de sus bienes personales, como de lo que percibe de la Provincia como asignación personal, sea generoso con las misiones.
ACCION SOCIAL
10. Nos sensibilizaremos ante el fenómeno de la injusticia y de la violación de los derechos humanos. A la luz del Vaticano II, de los Sínodos Episcopales, de los Documentos de los últimos Papas y de la misma doctrina vicenciana, proclamaremos que la promoción integral del hombre y su liberación de toda injusta situación es parte de la evangelización
11. Donde ejerzamos nuestro ministerio trataremos de conocer la situación concreta de los pobres, las causas concretas de la pobreza, las posibles violaciones de la justicia y derechos humanos, y en colaboración con otras personas, grupos y organismos, nos esforzaremos en resolver los casos particulares y, sobre todo, en instaurar la justicia social, el respeto sagrado a la dignidad de !a persona y la paz, llegando hasta la denuncia profética.
12. En esta línea de acción social, y por común espíritu vicenciano, colaboraremos de un modo especial con las Hijas de la Caridad y con las demás Asociaciones fundadas por San Vicente o provenientes de su espíritu.
13.- La Comunidad Provincial y las locales, al elaborar sus respectivos Proyectos Comunitarios tendrán en cuenta la acción social que, en su aspecto económico, reflejarán en unas cantidades que dedicarán, incluso por medio de un proyecto propio, a la promoción social y a obras de caridad, de acuerdo con sus ingresos y las necesidades de la zona.
14.- Durante los tres próximos años cada Comunidad dedicará cada mes el equivalente de los ingresos de un día de todos los misioneros para remediar las actuales formas de pobreza, como expresión de solidaridad. Esta aportación deberá proceder no de la contribución a la Procura Provincial, sino de una mayor austeridad en el modo de vida de la Comunidad. La manera de llevar esto a la práctica se concretará en el Proyecto Comunitario anual.
PARROQUIAS-MISION
15.- Para la evangelización en nuestras parroquias tendremos en cuenta los criterios y objetivos siguientes:
a) Trabajaremos por llegar a una Iglesia misionera que busque y esté abierta a los alejados y no creyentes. Tendremos especial empeño en potenciar siempre la dimensión evangelizadora de toda nuestra acción pastoral.
b) En las parroquias donde trabajamos intentaremos una catequesis sistemática orientada a formar comunidades.
c) Procuraremos que las comunidades parroquiales donde evangelizamos sean sensibles a las necesidades de los más pobres y marginados y estén animadas constantemente a vivir el amor y a compartir con los necesitados. Hemos de animar las instituciones caritativas de la Iglesia.
d) Promoveremos a los seglares de nuestras parroquias en responsabilidades específicas y, en diálogo constructivo con los mismos, favoreceremos sus iniciativas y respetaremos su autonomía.
16. De acuerdo con el sentir evangélico y obedeciendo a la auténtica llamada de la Iglesia universal, los miembros de la Provincia de Zaragoza en U.S.A. se dedicarán al servicio pastoral y social de la Comunidad Hispana. Nuestro trabajo deberá organizarse teniendo en cuenta su constante movilidad y su mejor servicio.
EDUCACIÓN
17. Según los criterios del Est. 11, nuestro apostolado en el campo de la educación tendrá una real y eficaz dimensión evangelizadora de los pobres.
INSERCION DIOCESANA
18. Nos esforzaremos en lograr, personal e institucionalmente, una mayor proyección hacia las realidades diocesanas.
VIDA DE LA CONGREGACIÓN
NORMAS SOBRE LA PRÁCTICA DE LA POBREZA
19. La Provincia se guiará en el tratamiento de sus asuntos económicos a nivel provincial, local y personal, por los criterios contenidos en las Constituciones (nn. 31-35 y 148-155), en los Estatutos (nn. 100-107) y en el Estatuto Fundamental de la pobreza.
20. El estudio de los citados números y del Estatuto de la pobreza deberán incluirse en el Programa de Formación Permanente y serán objeto de estudio por parte de las Comunidades.
21. Según las Constituciones, el Estatuto Fundamental de la pobreza y el espíritu de las Reglas Comunes, se establecen las siguientes normas para la práctica de la pobreza.
a) sujetos a la ley universal del trabajo, nuestra dedicación al mismo no ha de ser menor en horas a la de los hombres de modesta condición.
Las vacaciones de todos los miembros de la Provincia, cualquiera que sea su destino, comprenden un mes.
b) Todo fruto del trabajo personal pertenece a la Comunidad. Se considera fruto de este trabajo lo percibido incluso con ocasión del ministerio o por razón de oficio.
c) Nuestro estilo de vida en todos sus aspectos, tanto comunitaria como personalmente, «sea como conviene a quien es pobre» (RC. III, 7).
d) Todos observaremos gran moderación en viajes, vacaciones y gastos personales.
e) En la elaboración de los Proyectos Comunitarios y en las revisiones de vida comunitaria deberá tratarse el uso del teléfono y de los coches, a la luz del número 21.3 de estas Normas.
f) La asignación mensual lleva implícito el permiso para emplearla en los gastos que ella debe cubrir.
g) La compra de vehículos se limitará a las necesidades de la casa, siendo necesaria la autorización por escrito del Visitador. No se autorice ni la posesión ni el uso de coches particulares.
h) Periódicamente evaluaremos la práctica de la pobreza al revisar el Proyecto Comunitario, según Est 16.
ORACIÓN
22. Del tiempo señalado para la oración personal en las Cons. 47,1, tendremos, al menos, media hora de oración en común en el tiempo más apropiado para la Comunidad.
23. Dedicaremos anualmente cinco días a una profundización de la vida espiritual, personal y comunitaria, mediante los Ejercicios Espirituales.
El Visitador y su Consejo organizarán tandas de Ejercicios para la Provincia, sin perjuicio de la programación y aceptación de otras formas de hacerlos.
MIEMBROS DE LA CONGREGACIÓN
PROCESO DE ADMISION E INCORPORACION
24. En el Seminario Interno se recibe a quienes, habiendo alcanzado una madurez humana y cristiana, a juicio de los moderadores, oído el parecer de los estudiantes y teniendo en cuenta el Plan General de Formación, quieren ser admitidos en la Congregación, tras haber hecho la petición por escrito.
25. La duración ininterrumpida del Seminario Interno será al menos de diez meses.
26. Los Propósitos se hacen una vez para siempre y cada uno los reaviva en su corazón frecuentemente.
27. La emisión de los Votos se hará no antes de dos años ni después de seis desde la admisión en el Seminario Interno.
ALGUNOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
28. El miembro simplemente admitido:
a) Tiene como normas rectoras de su vida las Constituciones y Estatutos de la C.M. y las Normas Provinciales, según su propio Directorio.
b) Participa de todos los bienes espirituales de la C.M.
c) Participa de los bienes materiales de la Comunidad a la que se encuentra adscrito, según se programación del grupo dentro del Proyecto Comunitario y de acuerdo con su Directorio.
d) Participa activamente en la planificación y funcionamiento de la Comunidad local, salvo los derechos específicos de los formadores.
29. a) además de lo establecido en las Constituciones, cada misionero de de la Provincia ofrecerá una misa por cada difunto de la misma, preferentemente en la concelebración comunitaria.
b) Nos sentiremos muy cercanos a los misioneros en la pérdida de sus padres, haciendo lo posible por acompañar a la familia en los funerales.
30. Cada miembro de la Provincia podrá ofrecer, o hacer que se ofrezcan, cuatro misas al mes sin estipendio por su propia intención.
31. Estudie la Provincia un plan sobre la Tercera Edad.
FORMACIÓN
PROMOCIÓN VOCACIONAL
32. El Visitador y su Consejo, mediante una Comisión si es necesario, revise anualmente el Directorio de Pastoral Vocacional
PLAN DE FORMACION INICIAL
33. El Visitador, con su Consejo, mediante, mediante una Comisión si es necesario procure renovar el vigente Plan General de Formación adecuándolo a las necesidades que vayan surgiendo.
34. Los candidatos a la C.M., antes de hacer el Seminario Interno, deben haber vivido una experiencia de acogida entre nosotros que permita un juicio suficiente de los moderadores y una opción madura de los propios candidatos.
35. Los Directores de la Etapa de Acogida, Seminario Interno y Seminario Mayor son nombrados por el Visitador con el consentimiento de su Consejo.
FORMACIÓN PERMANENTE
36. 1. Según Const. 77.1 y Est. 42, el Visitador nombrará una comisión que anime la formación continua de los nuestros, de acuerdo con los programas locales, con los suyos propios y con los que puedan preparar las mismas Comunidades.
2. Urja esta Comisión la lectura comunitaria de las Constituciones, Estatutos y Normas Provinciales, de forma periódica, y programe su estudio en las distintas comunidades y Zonas hasta la próxima Asamblea.
3. Cada individuo y aun el Visitador con su Consejo procuren responder y favorecer estos programas organizando la vida ministerial de modo que se pueda atender a ellos responsablemente.
ORGANIZACIÓN DE LA PROVINCIA
REGIMEN PROVINCIAL
37. El Visitador es elegido por la Provincia para cuatro años. Puede ser reelegido sólo para dos más.
38. 1. El Visitador, o quien haga sus veces, oído su Consejo, iniciará el proceso electoral el 15 de septiembre anterior al término del período para el que fue elegido. El Visitador, o quien haga sus veces, nombrará una Comisión de tres miembros para que ponga en marcha dicho proceso electoral: envío de listas de miembros con voz activa y pasiva, señalamiento de fechas, recuento de votos y comunicación al Superior General y a la Provincia de los resultados obtenidos.
2. La Comisión electoral enviará a las casas tantas papeletas oficiales de votación como miembros con voz activa destinados en las respectivas casas. Estas papeletas deberán diseñarse de manera que garanticen el secreto y eviten falsificaciones. Dentro del tiempo hábil y, después de haber convocado el Superior a los miembros de la casa al menos con una semana de anticipación, se reunirá la Comunidad para efectuar la votación en acto comunitario. Si algún miembro está ausente podrá hacer llegar su voto a esa votación comunitaria en un sobre cerrado dentro de otro. Deberá explicar que el sobre cerrado contiene la votación a incluir con las demás papeletas de la Comunidad. El Superior y Secretario comprobarán que el proceso de votación ha sido correcto.
Una vez introducidos todos los votos en un sobre será cerrado y sellado delante de todos y remitido por el Secretario a la Comisión electoral. Se levantará acta de la sesión. La Comisión electoral abrirá los sobres de las casas y contará los votos, comprobando que no sobrepasan el número de miembros con voz activa de cada casa. Los sobres de las casas sólo se podrán abrir en presencia de la Comisión en pleno. Una vez que han sido mezclados los votos se iniciará el escrutinio.
3. Fases del proceso electoral:
a) En la primera votación cada elector puede presentar hasta tres nombres.
b) Tendrán voz pasiva en un segundo escrutinio los cinco que hubieren obtenido mayor número de votos. Si hay varios empatados en el quinto lugar, todos ellos entrarán como candidatos en ese escrutinio, en el que cada elector sólo puede votar a uno.
c) Será elegido el que obtuviere mayoría absoluta de votos válidos.
d) Si ninguno de los candidatos obtuviere mayoría absoluta, se procederá a un tercer y definitivo escrutinio, siendo candidatos únicamente los dos que hayan obtenido el mayor número de votos. Los casos de empate de candidatos se resolverán a favor del mayor de vocación y edad. Cada elector vota a un solo candidato. Resultará elegido el que obtuviere la mayoría absoluta de los votos válidos. En caso de empate en este tercer escrutinio, se tendrá por elegido el mayor de vocación y edad.
4. Una vez elegido el Visitador, el Presidente de la Comisión electora¡ no lo comunicará a la Provincia hasta que el Superior General lo confirme en su oficio y el interesado haya aceptado. Si el Superior General no confirma al elegido o el interesado no acepta la elección aprobándolo el Superior General, se comenzará de nuevo el proceso electoral después de haber publicado el resultado total de la elección.
5. El Visitador elegido, una vez confirmado por el Superior General, tomará posesión del cargo dentro de los quince días siguientes a la fecha de su confirmación.
39 En caso de muerte del Visitador o de cese en su cargo gobierna la Provincia temporalmente el Asistente Provincial, o en su defecto, el Consejero más antiguo, debiendo convocar elecciones para Visitador en el plazo de quince días.
40. El Visitador tendrá un Asistente nombrado por el mismo Visitador de entre los Consejeros.
41. Los Consejeros serán cuatro, nombrados por el Visitador, previa consulta a la Provincia, para el mismo tiempo para el que haya sido elegido el Visitador.
El Consejo Provincial se reunirá, aproximadamente, una vez al mes.
42. El Visitador, con el consentimiento de su Consejo, nombrará Ecónomo Provincial. Puede ser uno de los Consejeros. En caso de que no lo fuera, podrá ser llamado a Los Consejos cuando se trate de asuntos económicos.
43. El Visitador y su Consejo elaboren, mediante una Comisión si fuera necesario, un Proyecto Provincial.
44. Los misioneros de la Provincia de Zaragoza destinados en las casas de U.S.A. forman una Corporación. “PP. Paúles Community (Vicentians) Inc.».
45. Es atribución de los miembros de la Corporación: nombrar por votación los cinco directivos exigidos para la Junta de Gobierno.
46. Es obligación de la Junta de Gobierno de la Corporación:
1. Ejecutar los acuerdos que se tomen en la Asamblea de la Corporación y de las Juntas.
2. Asesorar al Visitador en lo referente al personal y destinos, a la relación con las Provincias americanas-U.S.A.-, especialmente en la ayuda y cesión de personal, a las experiencias, trabajo, pastoral, nuevas fundaciones y operaciones económicas de importancia.
3. La reunión anual prescrita por la ley civil se tendrá en el lugar y tiempo, y de acuerdo con la agenda que apruebe el Visitador.
4. Tener en el domicilio de la Corporación un archivo en el que se guarden los documentos, Reglamentos, sello y actas de las reuniones.
5. Preocuparse de que todos los miembros de la Corporación estén asegurados contra enfermedad, invalidez y jubilación.
6. Preocuparse de que todos los miembros de la Corporación estén asegurados contra enfermedad durante sus estancias en España.
7. Informar anualmente al Visitador, al Ecónomo Provincial y a todos los miembros de la Corporación sobre el estado económico de la misma y de las casas de la Provincia en U.S.A.
REGIMEN DE LAS CASAS
47. El Superior local es nombrado por el Visitador para un trienio, previa consulta a los miembros de la comunidad. De la misma manera podrá ser nombrado para un segundo trienio y, con la aprobación del Superior General, hasta un tercero si fuera necesario.
48. El Asistente y el Ecónomo domésticos son elegidos anualmente por los miembros de la comunidad. Hasta la elección, se informará al Visitador.
49. El Ecónomo doméstico informará mensualmente a la comunidad sobre el estado de las cuentas. Presentará a la comunidad el balance de fin de año, una vez firmado por el Superior y el Asistente.
50. 1. Los oficios de los colegios se nombran conforme a lo determinado en el Estatuto del Centro.
2. Los oficios de determinadas obras particulares se nombran, a juicio del Visitador y su Consejo, bien por el Visitador o bien por la misma comunidad.
51. Todos los miembros de la comunidad son miembros del Consejo doméstico. Cuando el Visitador, con el Visitador, con el consentimiento de su Consejo, lo juzgue necesario para alguna casa, constitúyase un Consejo Doméstico compuesto por el Superior, Asistente, Ecónomo y dos elegidos por la comunidad.
ASAMBLEAS
52. Asisten a la Asamblea Provincial.
1. Por oficio el Visitador, Ecónomo y Asistente
2. Un diputado elegido en cada casa por mayoría absoluta.
3. Uno de cada diez miembros o fracción, computados según el número 61 de las Constituciones, elegido por mayoría de votos en un único colegio
La elección de la que se habla en el párrafo anterior se realizará antes de proceder a designar los diputados de las casas.
53. La Asamblea Provincial tiene su propio Directorio. La Comisión preparatoria envía una copia del Directorio aprobado en la última Asamblea a cada uno de los asambleístas para que lo estudien y se apruebe en la primera sesión con las modificaciones que parecieren oportunas.
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES TEMPORALES
PRINCIPIOS GENERALES
54. Es necesaria la diferenciación entre Administración de la Obra y de la Comunidad Esta diferenciación se ha de hacer, a ser posible, en todas nuestras actividades.
55. La gestión económica de la Provincia corresponde al Ecónomo Provincial, a los administradores de las obras y de las comunidades, debiendo haber una sola administración en cada obra y en cada comunidad.
56. Tanto los gastos como los ingresos de las obras, de las comunidades y de la Provincia han de ser presupuestados y con suficiente antelación, a fin de que sean examinados por el organismo competente, antes de finalizar el ejercicio y con las observaciones oportunas los pase al Visitador y su Consejo para su aprobación si procede.
57. Las escrituras de nuestras propiedades, deudas, becas perpetuas y fundaciones estén en regla y consten en lugar identificable, tanto en el archivo doméstico como provincial. Las becas de fundación acompañan al seminarista hasta su ordenación.
58. Las comunidades y las obras deben tener al día un inventario de sus cargas y de sus bienes, que ha de ser examinado en la visita de oficio que hace el Visitador cada dos años.
59. Los préstamos y arrendamientos que se hicieren a misioneros y extraños, así como los que se reciban, efectúense con fórmulas de valor legal. La cuantía de los préstamos no podrá superar nunca el 50 por ciento de los gastos que puede hacer el Superior.
60. En orden a evitar una deuda considerable por acumulación repetida de la cantidad que los diversos administradores pueden gastar sin consultar, una vez contraída una deuda igual a la cantidad señalada para tal gasto, no podrán gastar o prestar nada sin consultar a la autoridad superior según derecho y normas.
61. Las cuentas bancarias de todas las administraciones de la C.M. han de tener como titular a la misma y al menos dos firmas autorizadas, normalmente las del Superior y Ecónomo, e indistintamente.
NIVEL PROVINCIAL
62. 1. Gastos que puede hacer y permitir el Visitador:
– Por sí mismo, 1.000.000 de pesetas.
– Consultando al Ecónomo Provincial, hasta 5.000.000 de pesetas.
– Oído el Consejo, hasta 10.000.000 de pesetas. – Con el consentimiento dei Consejo, hasta 30.000.000 de pesetas.
– Con el consentimiento unánime del Consejo,
hasta 75.000.000 de pesetas.
Para gastos superiores a los 75.000.000 de pesetas ha de consultar a la Provincia.
2. Puede, además, el Visitador delegar a! Ecónomo Provincial para que disponga por sí mismo de hasta 1.000.000 de pesetas.
63. 1. El Ecónomo Provincial informará a la Provincia:
a) Semestralmente, de su gestión administrativa.
b) Anualmente, de la economía de las casas,
c) Cada año, del estado de los bienes de la Provincia.
2. Cúídese de que la información sea discreta y de que no trascienda a los extraños.
64. Los ingresos de la administración provincial provienen:
1. De los bienes que directamente dependen del Ecónomo Provincial.
2. De las administraciones de las obras que se gestionan con independencia de la administración de la comunidad, salvo las de fundaciones.
3. De donaciones y fundaciones de carácter provincial.
4. De las aportaciones hechas por los individuos en régimen especial.
5. De estipendios y binaciones.
6. De lo proveniente de las administraciones de las comunidades. Las comunidades de la Provincia contribuirán con el 75 por ciento del superávit anual.
Cuando el superávit no alcance los dos millones de pesetas, podrá la comunidad quedarse, para iniciar el ejercicio siguiente, con la cantidad de hasta medio millón de pesetas.
7. De las aportaciones de la Seguridad Social.
8. De las aportaciones de otras Provincias por personal cedido.
65. La administración provincial cubre gastos de:
1.- La Curia Provincial
2. Las casas de formación y las comunidades que lo necesiten, en la cuantía que marque el déficit del presupuesto y en el tiempo en que la comunidad lo precise.
3. Las obras extraordinarias de las casas, cuya aprobación corresponde al Visitador y su Consejo.
4. La contribución provincial a las misiones.
5. Las limosnas y obras pías de carácter provincial.
6. El coste inicial de los nuevos ministerios que se emprendan.
7. La subvención de enfermos y ancianos de quienes no se puede hacer cargo la comunidad, mientras no existan seguros suficientes para ellos.
8. Las ayudas que necesiten los misioneros que viven en régimen especial.
9. Las cotizaciones a la Seguridad Social de los misioneros no incluidos en el régimen de trabajadores por cuenta ajena.
10. La contribución a la Procura General.
66. La Seguridad Social de los estudiantes se rige por los seguros actualmente en vigor en España. La Provincia suple los defectos de aquéllos.
67. La ayuda a los familiares necesitados se ajustará a las necesidades reales, a juicio del Visitador y su Consejo.
68. 1. En las administraciones especiales el Visitador con su Consejo determinará las normas propias.
2. Ningún misionero de la Provincia podrá llevar administración especial alguna o ser responsable de ella sin permiso expreso por escrito del Visitador o Superior respectivo.
3. De estas administraciones se presentarán los libros de cuentas al Superior local cada trimestre, según Est. 103, 3-4.
69. Todos los vehículos de la C.M. deberán estar a nombre de la misma y con los siguientes seguros: seguro ilimitado contra terceros, seguro personal del conductor y seguro de viajeros.
70. La Corporación U.S.A. dispondrá de una reserva suficiente, a juicio del Visitador y su Consejo, para cumplir sus obligaciones.
ADMINISTRACIÓN DE LA OBRA
71. Las funciones del administrador de una obra son:
1. Presupuestar los capítulos de ingresos y gastos de la misma.
2. Llevar el movimiento diario de unos y otros.
3. Rendir cuenta de su gestión a los organismos competentes.
4. Enviar al Ecónomo Provincial el estado de cuentas dentro de los treinta días siguientes al término del ejercicio anual.
72. Los ingresos provienen de la naturaleza misma de la obra y de las aportaciones de la Procura Provincial.
73. Los gastos de la administración de una obra son:
1. Los sueldos y cargas sociales anejos a ellos.
2. Los provenientes de la promoción profesional de los que en ella trabajan si están primordialmente en función de la misma.
3. La conservación de los edificios y seguros de éstos.
4. Los sueldos abonados por las obras a los misioneros. Estos han de ser iguales a los de nuestros paralelos profesionales conforme a la realidad en que se vive. Los sueldos abonados por las obras a los misioneros serán ajustados a las horas reales de trabajo.
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD
74. 1. Gastos que puede hacer y permitir el Superior local.
a) Por decisión propia, 50.000 pesetas.
b) Con el consentimiento de la comunidad, hasta 200.000 pesetas
c) Con el consentimiento unánime de la comunidad, hasta 400.000 pesetas.
2. Puede, además, el Superior local delegar al Ecónomo doméstico para que disponga por sí mismo de hasta 50.000 pesetas.
75. El Superior y Ecónomo doméstico de las casas de la Corporación U.S.A. podrán gastar tres veces las cantidades señaladas en el número 73 de estas Normas Provinciales.
76. Las funciones del Ecónomo de la comunidad son:
1. Presupuestar anualmente el capítulo de gastos e ingresos de su administración.
2. Llevar el movimiento diario de los mismos.
3. Rendir cuentas de su gestión a los organismos competentes.
4. Tener un libro de becas y de fundaciones.
5. Enviar anualmente el estado de cuentas de la casa al Ecónomo Provincial dentro de los veinte días siguientes al término del ejercicio anual.
6. Enviar también a la Procura Provincial, dentro del mismo plazo, el 75 por ciento del superávit anual.
7. Informar a la comunidad sobre el estado de cuentas en la forma y tiempos necesarios para la evaluación de la pobreza.
77. Los ingresos de la comunidad provienen:
1. De los emolumentos fijos que perciben de la obra a la que están adscritos los miembros de la comunidad.
2. De los estipendios de las misas.
3. De los réditos de fundaciones y becas.
4. De las retribuciones por trabajos eventuales.
5. De las pensiones recibidas por ancianos y enfermos.
78. Los gastos de la administración de la comunidad son:
1. Habitación y alimento
2. Médicos y medicinas
3. Libros y cultivo profesional, dedicando al menos para libros 15.000 pesetas por individuo y año.
4. Contribución a la Procura Provincial.
5. Contribución a las misiones en cuantía no inferior a 5000 pesetas por persona y año.
6. Limosnas y obras sociales, pudiendo hacer uso del fondo presupuestado para ellas, no sólo el Superior, sino también los demás componentes de la comunidad.
7. Asignaciones personales a cada uno de los miembros de la comunidad para sus gastos.
79. Nuestras casas en U.S.A. contribuyen a la Procura Provincial a través de la Corporación, en la forma señalada para el resto de la Provincia.
ADMINISTRACIÓN DE LAS PARROOUIAS
80. Las parroquias, como todas nuestras casas, deben tener distinta administración para la comunidad y la obra.
81. Administración de la comunidad:
1. Son ingresos de la comunidad: las nóminas y cualquier otro tipo de complemento concedido por concedido por la diócesis, los trabajos extra de los misioneros, los estipendios de de misas o sus equivalentes, los donativos a la comunidad.
2. Son gastos de la comunidad:
a) Todos los que se refieren al sustento de los que trabajan en la parroquia: alimentación, mantenimiento de la vivienda si es propiedad de la C.M., servicio, asignación personal de los misioneros pertenecientes a la comunidad con o sin nómina diocesana, contribución a la Procura Provincial y a las Misiones.
b) Si la fábrica o parte de ella es de la C.M. hay que fijar una parte de los ingresos de la obra parroquial para su conservación y amortización.
3. Se propone como nómina la determinada por la diócesis, más una cantidad que, junto con la nómina, cubra los gastos citados en este mismo número 2.a). La cantidad total tiene que provenir de la nómina oficial, de la caja de compensación, de las aportaciones voluntarias y de las colectas. En su defecto, la diócesis suplirá hasta completar esta cantidad.
82. Administración de la obra parroquial:
1. Son ingresos de la obra parroquial: la cantidad proveniente de los servicios parroquiales, las colectas, las aportaciones voluntarias, los dona tivos de la obra parroquial y las aportaciones de la diócesis.
2. Son gastos de la obra parroquial:
a) El edificio, material y su mantenimiento, mantenimiento de la obra si es de la diócesis y el servicio de la obra.
b) Gastos de obras apostólicas de la parroquia, de caridad, de catequesis, etc.
c) Las contribuciones obligatorias de la diócesis
d) Las nóminas y suplementos que se han de pagar a los sacerdotes de la parroquia y a otros colaboradores y agentes de pastoral.
83. Este apartado hay que tenerlo en cuenta al hacer contratos con la diócesis.
ADMINISTRACION DE LOS COLEGIOS
84. El colegio se administrará racionalmente de manera que la obra produzca para los gastos anuales y para su conservación y amortización.
85. La comunidad presentará las pensiones al Visitador y su Consejo para su aprobación.
86. La obra pagará a todos los misioneros dedicados al colegio los seguros sociales de acuerdo con la legislación vigente.
BIENES DE ADMINISTRACION PERSONAL
87. 1. La comunidad local pondrá a disposición de cada uno de sus miembros, cada mes y con motivo de las vacaciones, una cantidad de dinero con la que pueda proveer a sus necesidades personales; esta cantidad se denomina «asignación personal”
2. Con la asignación personal se cubrirán los siguientes gastos:
a) Aseo, ropa, calzado y efectos personales.
b) Viajes y diversiones personales.
c) Vacaciones y aficiones.
d) Limosnas personales.
3. El Visitador y su Consejo determinarán la cantidad correspondiente a la asignación personal. Será revisada a comienzos de año, teniendo en cuenta la situación económica de la Provincia y el nivel de vida.
4. Como puede ocurrir que por circunstancias extraordinarias un misionero tenga alguna necesidad que no puede cubrir con la asignación personal, esté la comunidad atenta a proveer esa necesidad.
5. El uso de este dinero que la comunidad pone al servicio de sus miembros será uno de los puntos de revisión periódica en las comunidades locales.
6. La comunidad sufragará los viajes de vacaciones de los residentes en Canarias y de los canarios residentes en la península, cuando se desplacen de Canarias a la península o viceversa.
7. La comunidad abonará a cada uno de los miembros de la Corporación U.S.A. cada año un tercio del coste real del viaje a España.
8. Vea el Visitador la forma de atender a los viajes de los misioneros destinados en Honduras.
88. Se suprime toda clase de asignaciones personales por parte de la comunidad: mensualidad -fuera de la asignación personal-, onomástica del Superior y particulares, Navidad y Reyes, fin de curso, clases de verano, etc…
89. ESTAS NORMAS PROVINCIALES SON LAS ÚNICAS VIGENTES EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA.
LÍNEAS OPERATIVAS
PROYECTO PROVINCIAL
1. Es importante y necesario elaborar el Proyecto Provincial que el Visitador con su Consejo concretará en Programas anualmente.
2. El Proyecto Comunitario concretará el Proyecto Provincial, las Líneas Operativas y los Programas anuales
MISIONES POPULARES
3. La Provincia de Zaragoza favorece y estimula el ministerio de las Misiones Populares y acepta el «Proyecto de Misión” para los próximos tres años.
4. Cuídense, de modo particular, los siguientes aspectos:
1. La propia integración del Equipo de Misiones para favorecer el desarrollo del Proyecto.
2. La dedicación a tiempo pleno de los miembros del equipo.
3. La comunicación del Equipo de Misiones con todos los misioneros de la Provincia para hacerles conocer: calendario de acciones, programaciones, materiales, experiencias…
4. La colaboración frecuente de los miembros de la Provincia con el Equipo de Misiones. Hacer constar en el Proyecto Comunitario los tiempos que los misioneros, dedicados a otros ministerios, puedan disponer para las Misiones Populares.
5. El desarrollo de cauces para la colaboración de los laicos en las Misiones, cuidando la participación de los laicos de los lugares que se misionan.
Para favorecer esta participación, se procurará atender convenientemente las necesidades económicas de los lacios que colaboran en este ministerio.
6. La preocupación por la justicia social y la organización de la Caridad.
7. La preparación y especialización de los misioneros, también en los modernos medios de comunicación social. Preparar a los nuestros en las distintas Etapas de su formación para que puedan ejercer con competencia este ministerio. Tener en cuenta este ministerio en los Programas de Formación Permanente.
PARROQUIAS
5. La imagen de parroquia evangelizadora, presente en la reflexión de la teología pastoral de nuestros días, ofrece amplias posibilidades para hacer efectiva nuestra vocación.
6. Nuestra presencia en las parroquias estará orientada por los criterios enunciados en las Constituciones y Estatutos de la C. M., en el «Proyecto Pastoral de las parroquias vicencianas» y en los Planes Pastorales de !as Diócesis en que nos insertamos.
7. En el ministerio parroquial pondremos especial cuidado por:
1. Dar a entender claramente nuestro talante misionero.
2. Promover a preocupación por la justicia social y la organización de la Caridad.
3 Cuidar la presencia y cercanía a las necesidades y el compromiso decidido por la transformación de la sociedad.
4. Potenciar la participación de los laicos en !a vida eclesial y en el cambio social.
5. Cultivar la colaboración con el clero diocesano.
PASTORAL JUVENIL
8. La Provincia de Zaragoza intensificará, en los próximos tres años al crecimiento en la fe de los jóvenes. Ellos constituyen hoy un verdadero reto a nuestra labor evangelizadora.
9. En el trabajo pastoral con los jóvenes se tendrá cuidado especial por:
1. Integrar nuestro quehacer en el conjunto de la pastoral juvenil diocesana.
2. Priorizar la dimensión vicenciana, atendiendo a los grupos que hannacido en el seno de la familia vicenciana (J.M.V., Ozanám, Feyda…) y a todos los que potencian el compromiso por la justicia y transformación de la sociedad.
3. No reducir nuestro trabajo con los jóvenes a la preparación del sacramento de la Confirmación, dada la libertad de la opción sacramental y las distintas edades que se proponen para ella.
4. Ofrecer el proyecto vocacional vicenciano.
PROMOCIÓN VOCACIONAL
10. La Promoción vocacional se centra, principalmente, en la pastoral juvenil.
11. En la promoción a la vocación específica vicenciana, nos atendremos al Directorio provincial de Pastoral, que todas las comunidades leerán detenidamente al elaborar o revisar el Proyecto Comunitario.
12. Trataremos de que en toda nuestra pastoral esté presente el interés por descubrir y acompañar la llamada.
13. Nos esforzaremos en ofrecer nuestro testimonio de vida, conscientes de que nos toca ser testigos lúcidos para los demás de la vocación recibida.
14. Responderemos a los problemas y dificultades que plantea la promoción vocacional evaluando y revisando lo que se va haciendo.
15. Fomentaremos el trabajo en equipo de formadores y promotores. El equipo de Promotores estará integrado, al menos, por tres misioneros.
16. Acompañaremos personalmente a cada candidato en el proceso de discernimiento y crecimiento vocacional.
17. Recordaremos que el trabajo vocacional no concluye con el ingreso de los candidatos en las casas de formación.
EDUCACION
18. Es importante, en el momento actual, la labor de educación, en nuestros colegios o en otros centros, para fomentar valores evangélicos y vicencianos en los hombres de hoy
19. Procuraremos educar laicos comprometidos en la causa de los pobres.
20. Los misioneros se pondrán en actitud de disponibilidad para la misión de educadores.
MINISTERIOS CON LA HIJAS DE LA CARIDAD
21. Las Constituciones ofrecen en el n. 17 los siguientes ministerios con relación a las Hermanas:
1. Ejercicios Espirituales:
Comunique el Director al Visitador los nombres de los misioneros a quienes solicita este servicio. Dar facilidades a los misioneros para que puedan capacitarse para este ministerio.
2. Retiros:
Asuma la comunidad los retiros de las Hermanas como algo que atañe a toda la comunidad. Planifique con ayuda de los respectivos Directores.
3. Sacramento de la Penitencia:
Acepten los Padres ayudar a las comunidades geográficamente distantes en el sacramento de la Penitencia. Estén abiertos a posibles llamadas de las Hermanas. Fomenten la celebración comunitaria de este sacramento.
4. Colaboración mutua en el servicio del pobre:
Buscar y promover cauces de colaboración con las Hermanas en el servicio concreto al pobre.
EN COMUNIDAD PARA LA MISIÓN
22. Para acentuar la intercomunicación y conseguir una mayor unidad en la comunidad: trataremos de:
1. Compartir la urgencia y tensión de nuestro ideal misionero.
2. Practicar la caridad, alma de la comunidad, que se expresa en el ejercicio de las cinco virtudes.
3. Aceptar al otro desde la pobreza en el espíritu.
4. Establecer encuentros periódicos de oración-celebración, de revisión y de intercambio.
5. Favorecer encuentros entre comunidades vecinas.
6. Centrarnos en una mayor dedicación al trabajo, en un esfuerzo por vivir el tiempo libre y en una mayor aceptación de la obediencia.
FORMACIÓN PERMANENTE
23. Nivel de especialziación
1. En los tres próximos años cinco misioneros se especializarán en Teología, Espiritualidad, Ciencias Sociales y ciencias y técnicas de la opinión pública, en favor del servicio a los pobres.
2. El Visitador y la comunidad favorecerán la asistencia de los misioneros a cursillos y congresos.
24. Nivel de renovación:
1. Tres misioneros acudirán cada año a un curso de renovación teológico~pastoral y profesional. Los lugares serán elegidos de común acuerdo por el Visitador y los misioneros.
2. Durante el verano asisitrán a cursillos de renovación al menos cuatro misioneros.
3 Cada comunidad especificará en el Proyecto Comunitario lo que va a hacer durante el año para su formación, teniendo en cuenta las oportunidades que se ofrecen durante el curso y el tiempo de vacaciones.
4. En el plazo de tres años cada comunidad actualizará su biblioteca y hará para ello el esfuerzo económico necesario.
25. Nivel de formación vicenciana:
1. En los próximos tres años dos misioneros acudirán cada año a cursos de formación vicenciana.
2. Para favorecer la vocación vicenciana de los misioneros, se hará lectura semanal de una conferencia de San Vicente. Cada comunidad espeficará en su Proyecto Comunitario el día y momento más oportuno.
3. Asimismo, cada comunidad incluirá en su Proyecto Comunitario el estudio en común de las Constituciones, Estatutos y Normas Provinciales.
4. Para facilitar a los misioneros el Estudio de las Constituciones, Estatutos y Conferencias de San Vicente, el Visitador encargará a algún misionero especializado la preparación de trabajos introductorios y comentarios. Estos trabajos serán enviados a las comunidades junto con el Boletín Informativo de la Provincia.
5. Para favorecer el conocimiento mutuo, la convivencia fraterna, el celo misionero y la sintonía con los problemas del momento, se reunirán los misioneros de las Zonas siguientes:
– Zona Norte: Barakaldo-Colegio, Barakaldo-Parroquias, Astrabudúa, Murguía, Pamplona y Sebastián.
– Zona Central: Zaragoza-Boggiero, Zaragoza-Casablanca, Boltaña y Teruel.
– Zona Sureste: Albacete, Socovos, Puerto de Sagunto y Cartagena.
– Zona Canarias: La Laguna, La Oliva, Las Palmas y La Orotava.
– Zona Este U.S.A.
– Zona Oeste U.S.A.
– Zona Honduras.
Los misioneros de cada Zona elegirán a su coordinador.
26. Nivel de experiencias pastorales:
Los misioneros que trabajan en los distintos campos de evangelización se reunirán cada año para intercambiar experiencias y para ajustar su actividad ministerial a las líneas de la pastoral provincial.
ANCIANOS
27. En los próximos años, el Visitador con su Consejo estudie, con la ayuda de una Comisión si fuese necesario, la realidad de los misioneros ancianos y su situación en relación con el trabajo y la organización de la Comunidad. Proponga las conclusiones a la próxima Asamblea sobre:
– el valor de la ancianidad para la comunidad, conforme al sentir tradicional de la Compañía;
– el derecho de la Compañía a esperar de los ancianos un verdadero ejemplo de vida, conforme a los muchos años de su vocación;
– resituación doméstica, laboral y sanitaria de los ancianos;
– atenciones personales que debe prestarles la comunidad;
– liberación de responsabilidades;
– participación en nuevas opciones ocupacionales;
– servicios por medio de personal – especializado en enfermería, tiempo libre y tercera edad.
Comentarios recientes