Textos para la Historia de la CM en España (9 de Noviembre de 1854)
REAL ORDEN PARA SUBVENCIONAR LOS SEMINARIOS DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD Y DE LA CONGREGACIÓN. 9 de noviembre de 1854
El Sr. Ministro de Gracia y Justicia dice con fecha de hoy a todos los Diocesanos de la Península e Islas adyacentes lo que sigue: En virtud del artículo 13 del Real Decreto de 8 de enero de 1852, las tres quintas partes líquidas de los productos del Indulto Cuadragesimal en cada Diócesis, estás destinados a los Establecimientos de Beneficencia de la misma. El Noviciado de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, sin embargo de ser el núcleo de donde las que en él se forman, salen destinadas al servicio de todos los Establecimientos de Beneficencia del Reino, no participa de aquel beneficio. En vista de ello, y deseando la Reina (q.D.g.) asegurar el sostenimiento de una atención recomendable sin gravamen del presupuesto del Culto y Clero, y teniendo presente lo enlazada que se halla la suerte de todos los Establecimientos de Beneficencia de España con la del Instituto religioso de las Hijas de la Caridad y el de los Clérigos de San Vicente de Paúl, que son los Directores de éstas… que del importe de las expresadas tres quintas partes del producto del Indulto Cuadragesimal en esa Diócesis, y a contar desde 1º de enero de 1855, destine usted…el quince por ciento anual para atender al sostenimiento del Noviciado de las referidas Hijas de la Caridad y del de los Clérigos de la Congregación de San Vicente de Paúl; con cuyo Director y Visitador general del Instituto se ha de entender usted…directamente para la entrega de fondos, cuidando de justificar debidamente en las cuentas que del expresado producto se rinden a la Ordenación de pagos de este Ministerio, los que por tal concepto se hicieren por esa Diócesis.
De Real Orden, comunicada por el expresado señor Ministro, lo traslado a V.S. para su inteligencia y efectos consiguientes, advirtiéndole que del quince por ciento, el seis es para el Noviciado de las Hijas de la Caridad, y el nueve para el de los Clérigos de San Vicente de Paúl. Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid, 9 de noviembre de 1854″.
Nota del P. Paradela: parece que lo aprobado ofrecía muchas dificultades y se volvió a la asignación antigua, según consta de una Real Orden de 17 de marzo de 1857.
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