Textos para la Historia de la CM en España (15 de noviembre de 1704)
Decreto del Obispo de Barcelona, obligando a los ordenandos a hacer diez días de Ejercicios en la Casa de la Misión. 15 de noviembre de 1704.
Nos D. Fr. Benito de Sala, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Barcelona y del Consejo de Su Majestad: A todas las personas de cualquier estado, grado o condición que sean, que desearen ser promovidas a las sagradas órdenes de subdiaconado, diaconado o presbiterado, con título que radica en este Obispado, o por razón de origen, con título instituido en otro obispado, salud en Nuestro Señor Jesucristo.
Como por especial Decreto de la Santidad de Inocencio XI, de ilustre memoria, los que desearen ser promovidos a las tres órdenes sagradas deban prevenirse y hacer diez días de ejercicios espirituales en una casa de la Congregación de la Misión, donde esta se halla fundada, y donde no, en un convento de religiosos; y hasta ahora en dichos conventos hicieron los ejercicios los ordenandos de este Obispado, por no haberse establecido aquí la Congregación de la Misión; y estando Nos tratando con personas graves y doctas del Instituto de la Congregación de la Misión que algunas personas piadosas y devotas habían suscitado y deseaban fundarla en esta ciudad, el Emo. y Rmo. Sr. Cardenal Paulucci, en carta de 20 de septiembre de 1703 a Nos escrita por orden de Su Santidad, nos hubiere notificado lo mucho que deseaba el Padre Santo que se fundase en esta ciudad la Congregación y casa de la Misión, y se propagase en las demás partes de España, ordenándonos asimismo Su Santidad que promoviésemos dicho Instituto y fundación, asegurándonos que de ella resultaría gran provecho espiritual para nuestras ovejas. Y Nos, siguiendo las órdenes de Su Santidad, como hubiésemos erigido el 6 de noviembre de 1703 dicha Congregación de la Misión en las casas del ilustre Francisco de Senjust y de Pagés, principal promotor de dicha Congregación, según el Instituto del Venerable Vicente de Paúl aprobado por la Sede Apostólica; y después por carta de 6 de noviembre del mismo año, habiendo cerciorado a Su Santidad acerca ,¿le la nueva fundación de la Congregación de la Misión, y juntamente siguiendo el precepto del Evangelio y la costumbre de algunos Prelados santos que recibieron de la Sede Apostólica los ministros para predicarlo, suplicamos a Su Santidad, a quien está encomendada toda la viña del Señor, se dignara enviar y acrecentar los obreros en ella, haciendo venir algunos sacerdotes de la casa de la Misión de Roma a la casa de Misioneros de esta ciudad. A la susodicha representación y súplica se dignó Su Santidad respondernos con breve especial, expedido bajo el anillo del pescador y dado en Roma a 29 de diciembre de 1703, en el que Su Santidad explica el contento que tenía de la nueva Congregación de la Misión erigida en esta ciudad por el mucho provecho que reportarán las ovejas de nuestro Obispado, consistiendo el Instituto de dichos Misioneros en instruir en la doctrina cristiana, predicar a los campesinos, ejercitar a los ordenandos con pláticas a la mayor perfección y obras espirituales para probar su vocación, y en otras obras de caridad con el prójimo; como también porque espera, mediante el auxilio de lo alto, que después de funda en esta ciudad, se ha de propagar y extender por otras partes de España, apremiándonos a perfeccionar dicha Congregación, poniéndola bajo nuestra protección, declarando en el Breve que dicha Congregación de la Misión de la presente ciudad sea agregada a la Congregación de la Misión de Italia. Y después Su Santidad en el mes de julio del corriente año se ha dignado enviar los Padres D. Juan Domingo Orsese, D. Juan Francisco Balcone y D. Luis Narváez, sacerdotes de la casa y Congregación de la Misión de Roma, para que en la nuevamente erigida en esta ciudad pusiesen en práctica y ejecución los estatutos de aquella, y juntamente nos remitió otro Breve, expedido bajo el anillo del pescador y dado en Roma a 19 de julio de 1704, en el que repitiendo Su Santidad la alegría y contento que tenía <le haberse fundado en esta ciudad dicha Congregación de la Misión, y nos manda especialmente que los que hayan de ser promovidos a las sagradas órdenes, hagan los ejercicios en la casa y Congregación de dichos Misioneros. Y Nos, considerando la excelencia del estado sacerdotal y con cuanta pureza y perfección deben prevenirse los que han de ser promovidos a las sagradas órdenes, pues según la doctrina del Apóstol, el sacerdote se constituye medianero e intercesor de los hombres delante de la Majestad Divina para ofrecer clones y sacrificios por los pecados, a cuya dignidad ninguno debe entrar por presunción y propio juicio, sino solamente los llamados y elegidos por Dios Nuestro Señor, como lo fue el Sumo Sacerdote Aarón; y el Apóstol San Juan nos amonesta que examinemos y probemos nuestros espíritus, si son de Dios, dependiendo de esto la salvación o ruina eterna de nuestras almas; considerando que la mejor disposición para conseguir tan importante fin, es que los que aspiran a ser promovidos a las sagradas órdenes examinen antes con toda exactitud su espíritu, para conocer si son llamados de Dios Nuestro Señor a tan soberana elección y si se sienten movidos de verdadera vocación, meditando anticipadamente con todo cuidado y devoción, si se hallan con la disposición necesaria de ciencia, prudencia y virtud, inspirados del Divino Espíritu, y con energía de ánimo para poder entrar, cumplir y perseverar en las obligaciones y cargo que de nuevo quieren emprender. Y en atención juntamente a que la Iglesia nuestra madre ha establecido los intersticios para que los que reciben órdenes en el intermedio de ellas se ejerciten en aquella a que fueron promovidos, juntamente con obras de buen ejemplo, para que conforme van subiendo en los grados, crezcan también en virtudes, para entrar después con la reverencia y perfección debidas al orden sacerdotal; y como el medio más eficaz para el efecto sea que los que pretenden y desean arribar al estado sacerdotal hagan antes de ser promovidos a órdenes mayores ejercicios espirituales: Por tanto, en virtud de las presentes, siguiendo a tenor del decreto de Inocencio XI y de Clemente XI, hoy felizmente reinante, ordenamos y mandamos que todas las personas susodichas de cualquier estado, grado y condición que sean, que desearen ser promovidas a órdenes mayores con títulos instituidos en este Obispado, o bien por razón de origen, con títulos que radican en otro Obispado; aunque por causa de apremio, necesidad y utilidad de la Iglesia, tengan dispensa de los intersticios, antes de ser promovidos a dichos órdenes, hagan diez días de ejercicios espirituales en la casa de la Congregación de la Misión nuevamente establecida en esta ciudad; y para que dichas personas que se habrán de ordenar, sepan lo que han de hacer y cómo se han de prevenir para entrar en dicha casa de la Misión, les notificamos y hacemos saber :
Primeramente, que quince días antes del sábado de témporas en que se habrán de ordenar, han de comparecer en la Curia de la Vicaría eclesiástica de Barcelona, a fin de habilitar los papeles que necesitan para ordenarse, y juntamente para que en dicha Curia les señalen examinadores para habilitarse en literatura.
Después que estén habilitados de ambas cosas, el miércoles antes de la semana de las témporas, a las cuatro de la tarde, se presentaran en la casa de la Congregación de la Misión, para hacer los ejercicios espirituales, llevando sobrepelliz, bonete, breviario y las vestiduras y ornamentos que necesita para ordenarse, e misal, los que hayan de ordenarse de presbíteros: con la pena de que si a las cuatro de la tarde no se hallan en dicha casa de los Misioneros, no podrán entrar después en ella y serán excluidos de las órdenes por aquella vez : y si alguno, lo que no creemos, fuera inquieto y perturbara los ejercicios, de modo que no se puedan hacer con toda edificación y quietud, no se le ordenará.
Además, se hace saber que los ordenandos saldrán jun-. tos el sábado por la mañana para ir a recibir las órdenes, y una vez recibidas, volverán a la casa de la Misión liara concluir los ejercicios espirituales.
Y últimamente, los que hayan recibido órdenes mayores y se encuentren en esta ciudad, irán a la casa de los Misioneros para recibir los sacramentos de la penitencia y Eucaristía, y al mismo tiempo para ejercitarse en el orden a que últimamente fueron promovidos cuando en casa de los Misioneros haya capilla o iglesia capaz para el efecto; y mientras tanto, así los que residen en la ciudad como los de fuera, ejercitarán su orden en las iglesias que se les señale, trayendo de esto testimoniales de los párrocos o superiores de dichas iglesias, como también de haber frecuentado los sacramentos de la penitencia y Eucaristía.
Y para que estas letras lleguen a noticia de todos y ninguno pueda alegar ignorancia, mandamos a los Rectores, Curas, Vicarios y demás que tienen cura de almas en esta ciudad y obispado de Barcelona, en virtud de santa obediencia y bajo excomunión mayor, que publiquen estas nuestras letras en sus iglesias, en un día de fiesta de precepto y en la forma acostumbrada, y luego las fijarán en sitio público de la iglesia para que todos las conozcan. Dadas en nuestro Palacio Episcopal de Barcelona a los 15 de noviembre, año del nacimiento de Nuestro Señor 1704,
FR. BENITO, Obispo de Barcelona.
(Lugar del sello.)
Por mandado de dicho Ilustrísimo y Rmo. Sr. Obispo de Barcelona ha expedido las presentes.
El Dr. Francisco Rifós, Pbro., Notario y Escribano de la Curia de la Vicaría Eclesiástica de Barcelona.
—AMCM. Sig. 7. El original está en catalán e impreso en una hoja en forma de edicto o bando, de 43 X 32 centímetros.
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