Comentando las Nuevas Constituciones de la C.M.

Advertencia

  • Para entender las características, el alcance y los motivos de este «comentario personal », cf. VINCENTIANA, 3/1981, p. 222.
  • Cualquier comentario a las C&S, «a fortiori» si se tratase de una interpretación, debe poner mientes en dos hechos decisivos hasta al presente:
  • el actual texto de las C&S tiene fuerza legal (fue votado por la AG-80, promulgado por el Superior General y aprobado por la Santa Sede (la SCRIS) para la puesta en práctica provisionalmente);
  • este texto, sin embargo, no es el texto legal «definitivo »; lo será solamente aquel que obtenga la aprobación conclusiva de la Santa Sede. Esta última clase de aprobación se encuentra en trámite en la SCRIS desde el 23 de marzo.

La «Introductio»

Un texto, titulado «Introductio», antecede el texto mismo del cuerpo jurídico de las C &S. Es una novedad. Pero el texto de las R.C. ya iba precedido por un largo párrafo; a modo de «saludo a los miembros de la CM », San Vicente hace, en él, una síntesis histórica del texto que presenta e invita a recibirlo y a practicarlo. En cambio, las Constituciones de 1954 y de 1969/1974 empiezan directamente con el articulado de las disposiciones jurídicas.

Como es obvio, una «introducción » equivale, en los textos literarios, a un «preámbulo ». Antes de «caminar hacia el texto », antes de «adentrarse » en los vericuetos de su desarrollo, el autor «nos lleva como de la mano » hacia su obra y ofrece algunas explicaciones sobre «el por qué », el «cómo » (género, método, fuentes, etc.) del escrito que propone. Como tal, una «introducción » debe, al menos, dar a conocer la intención del autor, los puntos salientes o la síntesis de los temas que el título mismo de la obra ya señala en forma sumaria. A veces, pero no necesariamente, una «introducción » incluye una invitación para la lectura y, en ciertos casos, además, una sugerencia y/o exhortación para la práctica de las nociones u ordenamientos formulados.

Este «comentario personal » comprende dos partes: I, el contenido de la «Introductio»; II, sus notas características según los cinco puntos de la «nota de introductione» que aprobó la AG-80.

I.— El contenido: ¿Qué nos dice la «Introductio»?

1. — División general y temas:

a.- en una aproximación puramente externa, se distin­guen, aun tipográficamente, cuatro divisiones delineando párrafos diversos en su extensión: el 1º y el 4º son más reducidos en comparación con el 2º y el 3º. Los párrafos centrales se presentan materialmente proporcionales (58 y 50 líneas respectivamente). No así los otros dos: el 1º (con 16 líneas) y el 4º (con cuatro) relacionándolos con los centrales y entre sí.

b.- los temas de estos cuatro párrafos son : el 1º, la CM en la actualidad en su doble actitud de obediencia a la Iglesia y en su voluntad de renovación en conformidad con Vaticano II; el 2º, datos biográficos sobre San Vicente, su experiencia espi­ritual y actividad apostólica; el 30, extractos de las bulas de erección de la CM y sobre los votos, y, con la cita del art. 1 de las R.C., vocación y misión de la CM; el 40, enlaza la herencia vicenciana y su continua adaptación, con el pasado y los tiempos nuevos.

2. – Detalle de los cuatro temas:

a. – Tema 1º: la CM en la actualidad postconciliar

El sujeto único de este párrafo es la CM. De entrada se especifica de qué agrupación o asociación se trata, apostillando el membrete oficial: «Congregación de la Misión»; nombre y título por los cuales nuestra Comunidad es reconocida legal­mente. Para mayor precisión se añade que esta Congregación es la «Congregación de la Misión que fundara San Vicente de Paul».

  • La CM hace la revisión de su Derecho Fundamental, dócil a la voluntad de la Iglesia que así lo ha pedido (como igualmente fue pedido a las demás Órdenes /Congregaciones, etc., cf. «Perfectae Caritatis», 2-4, y «Ecclesiae Sanctae» I, 1-7). Esta revisión se extiende a su vida interna y a su actividad directamente apostólica, inmersas ambas en el mundo de hoy.
  • La CM se da cuenta que, en esta ocasión, ella vive una hora de gracia y percibe la acción del Espíritu Santo que la envuelve y la impulsa a su renovación, a una renovación particular y siguiendo ésta las huellas dejadas por el Fundador.

La CM tiene el deseo de mantener y de expresar, en la Iglesia, el lugar y el fin que le han sido entregados (por su Fundador y la misma Iglesia). Este deseo la lleva forzosamente a regresar a sus orígenes y a la experiencia espiritual y a los propósitos de San Vicente. Este «regreso a las fuentes » la lleva a seguir una doble vertiente: conocer más plenamente su carácter original y el genuino espíritu de San Vicente, y, en consecuencia, conservarlos fielmente; pero, además, inspirarse en esas fuentes para sacar de ellas las respuestas a su propia vocación «hic et nunc ». La CM, a su tarea de conocimiento, de inspiración, debe añadir una actitud de discernimiento: estar atenta a la voluntad de Dios y saber descubrirla en los «signos de los tiem­pos » que la iluminan o la manifiestan. Se dice, al terminar este 10 párrafo, que la voluntad de Dios se le manifiesta, hoy en día como le sucedió a San Vicente, «de un modo especial en las necesidades de los pobres ».

Nota compendiosa: tres ideas sintetizan este párrafo:

1º.-  La CM «obsequens voluntati Ecclesiae»: al entregarse a su «aggiornamento», la CM sólo lo hace por docilidad al mandato de la Iglesia. No se debe, por lo tanto, este «aggior­namento», a las campañas de algún grupo de presión o a los deseos mayoritarios de cohermanos recalcitrantes contra el «statu quo » administrativo. No; la CM hace acto de obediencia. Tengo para mí que fueron muchísimos, tal vez la mayoría, de los nuestros que obedecieron con alegría. Confieso que, para mí, los años 1967-1980 me resultaron un gozoso nuevo bucear en el océano de todo lo vicenciano y una gratísima oportunidad al poder «rehacer las Constituciones».

En efecto la CM, «obsequens», «recognoscit» sus Constituciones. No es un trabajo meramente histórico-jurídico­-cadémico. Es mucho más, porque, con él, «vivificet» nada menos que dos cosas de excepcional importancia: «apostolicam suam actuositatem» y su «vitam in mundo huius temporis». De hecho, los estudios, las encuestas, las reflexiones y las contes­taciones a que dieron lugar las propuestas y las peticiones de la CPAG-80 ya «dieron vida » a muy diversos aspectos de la CM.

2º.-  La CM «persentit» y «percipit» este momento histórico de su esfuerzo de renovación, el cual va mucho más de un simple «aggiornamento» de aspectos externos. Hasta qué punto, la CM «comprende» y «experimenta» esta gracia especial, este «aleteo» del Espíritu Santo?, «Deus scit!», pero pienso que, sin pecar de un optimismo «naif», todos los cohermanos, unos más y otros menos, se han sentido interpelados personalmente y directamente implicados al socaire de reuniones y asambleas de todo tipo.

3°.- La CM, «cupiens» de decir quién es y de conservar su identidad, «ducit necessarium» dos acciones: subir a sus orí­genes y «redire» a la totalidad de San Vicente. Así ella podrá «plenius agnoscere» y «fideliter custodire» su identidad y el espíritu del Fundador. Así también, ella podrá «haurire» de esas fuentes la inspiración para su vocación actualizada.

— Impulsada por dos actitudes que subrayan los adjetivos «obsequens» y «cupiens», la CM se mueve en tres sectores: 1º «recognoscit», 2° «persentit» y «percipit» y 3º «ducit necessarium»: «ad origines», «redire», «agnoscere», «custo­dire», «haurire», «respondeat». Los verbos marcan la singla­dura de la renovación de la CM. El párrafo comienza con «a S.V. de Paul fundata»  y termina con «sicut iam S.V.»; toda una afirmación de fidelidad vicenciana en la adaptación de lo vicenciano para hoy. Tal vez una frase lapidaria podría resumirla: la CM hoy = una continuación del S. Vicente de ayer.

b. — Tema 2°: datos biográficos sobre S.V.

El sujeto principal, y casi único, de este párrafo es S. Vi­cente. El párrafo puede dividirse en dos secciones: S. V. va descubriendo su vocación y experimentando su andadura; luego, S.V. vive su vocación, y aplica el caudal de sus experiencias, en una serie de obras y de actividades apostólicas.

— Sección 1ª: se consignan algunos jalones históricos como el nacimiento en Pouy en 1581, la ordenación sacerdotal en 1600, los episodios de Gannes, de Folleville y de Chátillon­les-Dombes en 1617. Enmarcados en estos años y también como punto de arranque, se nos presenta la experiencia espiritual de Vicente y los pasos de su andadura hacia su vocación personal.

Todo ésto en forma sucinta pero, pienso, con los aspectos esen­ciales: contemplación y servicio de Cristo en el pobre, y Cristo como enviado del Padre para evangelizar a los pobres, y con ojo avizor ante los acontecimientos que son leídos y seguidos a la luz de esa contemplación.

— Sección 2ª: nuevos jalones históricos, como el contrato fundacional de la CM (17 de abril de 1625), el acta de aso­ciación de los primeros compañeros (4 de septiembre de 1626), el inicio de los retiros al clero (en Beauvais, en 1628) y el envío a Madagascar (en 1648) de los primeros misioneros «ad Gentes ».

Entre la serie de obras y activitades apostólicas se men­cionan: la Misión (la CM, en su fundación, misiones a los cam­pesinos, formación de los sacerdotes), las Hijas de la Caridad y las Asociaciones de Caridad. En todas ellas Vicente convoca, impulsa a todas las categorías sociales, empleando toda suerte de medios para inspirar el sentido del pobre y prestarle ayuda.

Concluye el párrafo con una mención especial a la CM en cuanto Instituto (su vocación, su naturaleza, su organización y vida fraterna, su voto peculiar y la práctica de la pobreza, de la castidad y de la obediencia). Y termina afirmando: tales «notas », aún en la actualidad, «constituyen el patrimonio de la CM».

Nota compendiosa: ver, juzgar, actuar.

En este 2° párrafo se trata de jalones históricos y no de una micro-biografía. Ellos permiten situar, en el marco del tiempo, la experiencia, la andadura espiritual y apostólica de Vicente. No se habla de «conversion» (vocablo que algunos historiadores emplean para explicar los cambios constatados en Vicente entre 1604 y 1623), sino de experiencias, de descubrimientos, de inter­pelaciones que hacen «ver» y «sentir», que mueven después a «contemplar», a «comprender», a «poner de manifiesto», y, por fin, impulsan a «actuar». Es el «caminar» de Vicente hacia el «llamado divino» y su correspondencia a este «llama­miento». En la maraña de estas diversas y graduales etapas se puede fácilmente seguir el hilo en el ovillo de la biografía del Fundador. Este hilo se envuelve en unas personas: los pobres. En este párrafo se los menciona 14 veces en distintas denomina­ciones. Al intentar deshacer el ovillo, se desprende de este «ca­minar» de Vicente, pienso yo, una metodología, si bien aquí no se la formule directamente; sería el procedimiento cuyo uso popularizó el canónigo Cardjin: «ver, juzgar, actuar». Aquí encuentro indicios de este método, aunque, por ser vital, la gradación no es rectilínea y aparecen efectos de un continuo «feedback» retroalimentando incesantemente cada uno de los tres comportamientos que, de hecho, se entrecruzan.

1º – El «ver» de Vicente: ver, en el sentido amplio y no solamente en sentido físico. Los vocablos utilizados aquí son: «conversatus», «expertus», «effugere», «urgere sensit»,  ductus», «perspexit», «accepit», «visio», «attentus», «sensit», «conspexerunt». Este «ver» parte de la realidad externa; co­mienza con una mirada en torno suyo, sobre el contexto que lo circunda y que lo condiciona. Luego, esta mirada profundiza la realidad interna (“dar vuelta a la medalla») y vuelve a ver con más claridad la primera realidad externa. Es un ir y venir de miradas que son otras tantas experiencias que van marcando la pauta de la marcha de Vicente hacia su vocación descubierta poco a poco con los ojos del cuerpo, de la inteligencia, del co­razón y de la fe.

2° – El  juzgar» de Vicente: juzgar, en el sentido amplio de reflexionar, contemplar en la mente, meditar. Algunos vocablos o expresiones señalan esta actitud: «quaesiverat», «sollicitudine profundioris sanctitatis acquirendae», «propositum assumpserit… devovendi», «quod fuit… et suae vocationis et missionis origo», «contemplatione et servitio Christi in persona pauperis», «visio Christi a Patre missi ut… evangelizaret», «legere didicit lu­mine… amoris in Deum et in pauperes», «conscii», «quo melius… necessitatibus», «zelus … in pauperes», «dum cres­cebat». Vicente, pues, diríamos ahora, se cuestiona, pregunta y se pregunta, y su «juicio» se va formando, como se dice «gra­datim»; no faltan sin embargo ocasiones en que este «juicio » se forma de inmediato al impacto de una situación concreta, como se indica en el caso de Chátillon donde «compertum ha­buit et manifestavit intimam… eorumque servitium ». La realidad vista, descubierta y ahora analizada en la reflexión, se convierte en el «centrum… tum vitae tum apostolici eius laboris ».

3º – El «actua » de Vicente: unos verbos lo subrayan: «effugere», «instituit», «occupavit», «ad … levandas», «adhi­buit», «collegerat», «attenderet», «subsignaverunt», «obli­gaverunt», «dedicarent», «incumbebant», «dederunt», «ha­buerunt», «providere», «subveniret», «convocavit», «adhi­buit», «inspiraret», «impulit», «misit», «definivit», «affir­mavit». Se consigna el hecho de algunas de sus actuaciones apostólicas, pero, salvo un caso (el «paulatim» en la definición de la CM), no se hace espoleante alusión a «la manera de actuar ». Con todo se pone de relieve un aspecto: Vicente no actúa solo (diríamos que trabaja siempre «en equipo ») y no tiene empacho en «quam plurimos ad se convocavit divites et pauperes, humiles et potentes».

– Opino que, a causa del «ad omnigenas aerumnas levandas», se nos ofrece aquí un Vicente «asistencial». Sin duda lo fue, será siempre necesaria la asistencia a los des­validos de toda clase, pero este «ad levandas», a mi parecer, hubiese debido ser completado por «ad eradicandas in peculia­ribus occasionibus» o, al menos, por la idea de la «promoción humana » a la que Vicente también se entregó. Tanto más que, en el texto mismo de las C&S que traduce, para la CM, la actualización del patrimonio vicenciano, se estipula esta labor (cf. art. 12,2; 24; 25; 26; 27; 29; 124,1; 130; 238,2; 244,2).

– Opino, igualmente, que en la lista de los «lugares» vicentinos falta uno de los principales y donde Vicente residió y actuó más tiempo: París. Y, en la lista de las actividades para la formación del clero, tampoco se incluyen dos típicas de Vicente: los seminarios y las Conferencias de los Martes.

c. – Tema 30: extractos de documentos fundamentales

Estos extractos son tres: uno se refiere al origen de la CM y es un trozo de la bula «Salvatoris Nostri» del 12 de enero de 1633; el otro, del Breve «Ex commissa Nobis», del 22 de septiembre de 1655, y que reporta la naturaleza de nuestros votos, el carácter secular de la CM y su exención. El tercero es el texto íntegro del art. 1 del capítulo primero de las Reglas Comunes.

Este párrafo 3° se enlaza con el anterior mediante el «haec omnia… intentioni… consentanea… consignata sunt». Se ase­gura que el actual patrimonio de la CM, la herencia vicenciana cuyos rasgos característicos mencionaba el párrafo precedente, han quedado consignados en estos documentos y que en ellos hay conformidad con la intención del Fundador.

1º – De la «Salvatoris Nostri» se ha extractado: el fin principal y la razón de ser de la CM: procurar, junto con la propia salvación, la de los que viven en las poblaciones más humildes, y, en las ciudades, la formación de los ordenandos mediante los ejercicios espirituales.

2° – Del «Ex commissa Nobis», el extracto se refiere a: la naturaleza de los votos como medio para aplicarse a la salva­ción de los pobres del campo, la declaración de exención y el caracter secular de la CM la cual «non censeatur … in numero Ordinum Religiosorum, sed sit de corpore deri saecularis».

3º – En cuanto al tercer texto, no se trata de un extracto, sino de la totalidad del art. 1 del cap. I de las R.C. En él Vicente partiendo del ejemplo de N.S. Jesucristo (enviado para salvar al género humano, practicando toda suerte de virtudes, evangelizando a los pobres al tiempo que transmitía a los após­toles y discípulos la ciencia necesaria para dirigir a las gentes), declara que la CM quiere imitar al mismo Cristo; para ello usa medios semejantes y dice que el fín de la CM es : 10 dedi­carse a la perfección propia, 2° evangelizar a los pobres sobre todo a los del campo, y 3°, ayudar a los eclesiásticos en la adquisición de la ciencia y de la virtudes que exige su estado.

– Una transición entre los extractos de los documentos pontificios y el texto de las R.C. deja constancia de algunos comportamientos de Vicente: a) – procuró formar a la CM en el espíritu del Señor; b) – entregó a la CM las R.C. o Cons­tituciones Comunes, texto que preparó con esmero y completó tras un largo proceso y unas experiencias que duraron muchos años.

En las R.C. se parte de lo que hizo el Señor para, luego, proponer las enseñanzas de perfección evangélica; éstas deben inspirar la espiritualidad, la vocación y la vida total de la CM. Se dice que al comienzo de estas R.C., S. Vicente explica clara­mente la vocación, la misión de la CM, indicando al mismo tiempo el camino para lograrla.

Nota compendiosa: textos fundamentales con fechas espaciadas diversamente.

1º. – Los tres textos son fundamentales para la CM. Son los que le dan vida jurídica en la Iglesia, definen y califican la naturaleza de sus votos y expresan el porqué de su existencia y el camino para conseguir su finalidad. Textos del Papa y de S. Vicente.

2º.- Los tres textos llevan fechas diversamente espaciadas. El primero (de 1633) es firmado tan sólo ocho años después de la firma del contrato de fundación (1625). Se podría pensar que Vicente tenía mucha prisa en asegurar las bases jurídicas de su obra para poder desarrollarla con mayor firmeza y envergadura, no sólo en Francia donde ya lo había conseguido, y con mayor rapidez aún, sino también en cualquier parte del mundo. En cambio son 22 años los que separan la bula «Salvatoris Nostri» (1633) y el Breve «Ex commissa Nobis» (1655). Este largo lapso de tiempo hace indirectamente alusión a la historia pri­mera de nuestros votos y en la que Vicente tanto luchó. En cambio entre la firma del Breve «Ex commissa Nobis» y la entrega, que hizo Vicente a la Comunidad de San Lázaro, del librito de las R.C. (17 de mayo de 1658) corren dos años y ocho meses. A primera vista se podría pensar que Vicente, teniendo la vía expedita con la aprobación pontificia de los votos, juzgó que ya no había razón en demorar aún más la publicación de las R.C., sobre todo después de 33 años poco más o menos de practicarlas, como él dice. Pero la razón de este lapso de dos años y ocho meses es distinta. De hecho las R.C. ya había sido aprobadas por la Asamblea General de la CM, en 1651 (21), si bien la aprobación del arzobispo de París tardó algo (23 de agosto de 1653), y el texto fue impreso en su totalidad en marzo de 1655. Ocurrió un serio percance  este texto impreso salió con muchas «erratas»; estas faltas de im­prenta no corregidas eran tantas que Vicente decidió anular la edición. Al mismo tiempo fallecía el arzobispo de París y Vicente, ni corto ni perezoso, aprovechó la oportunidad para introducir algunos retoques al texto y consiguió una nueva apro­bación del nuevo arzobispo. Se procedió a una otra edición de las R.C.: es la llamada «edición príncipe, de 1658»; a pesar del cuidado en las correcciones de las pruebas de imprenta todavía se deslizó un gazapo tipográfico en el art. 3 del cap. II.

d. Tema 40: herencia vicenciana

Este pequeño párrafo de cuatro líneas es un condensado de unas ideas, de unos hechos y de unas futuras actuaciones. Acarrean importantísimas consecuencias para la CM ya que, se podría decir, está en juego la vitalidad y la perennidad de la herencia vicenciana.

Los ablativos «his verbis» enlazan este párrafo con el texto de las R.C. del párrafo anterior.

La CM, se dice, es la descendencia espiritual de S. Vi­cente. A esta descendencia el Fundador confía tres «heredades»: «vocationem», «vitae communitariae genus» y «finem»; cada uno de estos sustantivos está calificado por un adjetivo: «singu­larem», «novum» y «stimulantem»; este último adjetivo va reforzado por un adverbio «semper».

No se explicita los contenidos de los sustantivos, ni las razones de las adjetivaciones. Solamente se consignan dos he­chos: «S.V.  concredit» y los complementos directos de este verbo.

El párrafo concluye con un inciso relacionado con «finem» y el adverbio «semper»: este «finem semper stimu­lantem» debe ser «aptandum» y la adaptación debe proseguir en tres dimensiones, o con arreglo a tres actitudes: en el discernir, «sapienter»; en el actuar, «indesinenter», y en el espacio y lugar, «novis temporibus». Como se ve, esta final de la «In­troductio», cierra el ciclo de una tarea programática anunciada ya desde el principio en el primer párrafo. Utilizando el símil de un díptico: la «Introductio» comporta dos tableros (pár­rafos 1º y 4º) articulados por dos bisagras (párrafos 2º e 3º). En el primer tablero encontramos a S. Vicente y a la CM; ésta «recognoscit», «percipit», «respondeat» refiriéndose a su «jus», a su «vitam», a su «actuositatem», a su «traditumlocum et finem in Ecclesia», a sus «origines», a la «inspira­tionem» vicenciana y a su «vocationi»; aquél, S. Vicente, reconocido como «fundador» cuyas huellas «sectando» con­ducen a lo que él hizo, quiso y experimentó en su tiempo; ahora la CM se encuentra «in mundo huius temporis», en una «peculiarem horam gratiae» y ante una voluntad de la Iglesia y unos signos de la voluntad de Dios que la «impellit» a «reno­varse» mediante dos actitudes inseparables y complementarias: «plenius agnoscere et fideliter custodire» la herencia vicenciana y, «ex iisdem fontibus», vitalizar, y con «impensionem inspira­tionem» en ellas, su respuesta de «revisión» para que su «vo­catio» responda igualmente al hoy de Dios, como fue el ayer de Dios en tiempos de Vicente, es decir «speciali modo in pauperum societatis hodiernae necessitatibus». En el segundo tablero tenemos el paralelismo: S. Vicente «concredit» y la CM depositaria de la herencia vicenciana (el ayer que legara el Fundador), pero, en conformidad con Vaticano II (como Vi­cente con el concilio de Trento en su aplicación) la CM (en el hoy de Vicente, su heredad) se ve abocada a una doble tarea: conservar su identidad (vocación, género de vida comunitaria y finalidad) y, al mismo tiempo, teniendo en cuenta su ubicación en «novis temporibus», adaptar sin cesar y con sabiduría lo que, en términos de ciudadanía y de extensión laboral, podríamos denominar su «carnet de identificación » y su «carnet de rol empresarial».

Estos dos tableros del díptico se unen y se mueven merced a las bisagras (párrafos 2º y 3º). Estas bisagras (S. Vicente en el desarrollo de su vida, obras e inspiración y S. Vicente plas­mada su intención en los documentos pontificios y en sus R.C. como base del desarrollo futuro de su CM) sostienen el anda­miaje de su herencia y el quehacer en su heredad.

Nota compendiosa: «last but non least».

1º.- Los ablativos «his verbis» vinculan este último pár­rafo con el texto de las R.C. del párrafo anterior. ¿Cómo y hasta dónde?

Las «batallas» y «votaciones» a que dieron lugar estas, al parecer, tan sencillas palabras! No es del caso rememorarlas en este «comentario », como ya se indicó al inicio de esta serie de artículos; dejo este trabajo a los historiadores de la AG-80.

Efectivamente, en su sencillez, estos dos ablativos, «his verbis», apontocan todo un arco iris de mentalidades. Tal vez difuminándolas, me arriesgo a reducirlas a dos y, en gracia a la brevedad, a sintetizarlas así:

a. – «his verbis» condicionan el «concredit» (el gesto de Vicente) y también el «concredit» (el contenido del gesto de Vicente). En consecuencia la CM, hoy, debe conservar y cuidar lo que S. Vicente le confió. Este depósito familiar que los descen­dientes espirituales deben conservar y cuidar, S. Vicente «cla­rius explicat» en el mencionado texto de las R.C. Además, el mismo S. Vicente en la «salutatio» de sus R.C. ya nos dijo: «illas igitur, Fratres dilectissimi, parí, quo vobis eas tradimus, affectu accipite» y «de caetero ergo, Fratres, rogamus vos, et obsecramus in Domino Jesu, ut in exactam ipsarum Regularum observationem incumbatis». La adaptación pedida por Vaticano II no debe alcanzar a los textos básicos y fundamentales de Vicente; en sí mismos son «intocables». A lo sumo pueden necesitar retoques puramente redaccionales de estilo en un trata­miento de transposición. En cuanto a la adaptación misma del pensamiento y de la intención de Vicente, ella se basa indefecti­blemente en estas piedras sillares que sostienen todo el edificio.

b.– «his verbis» condicionan el «concredit», total­mente en el gesto del Fundador, y, en parte, el contenido del gesto. Este, «en parte », se refiere, a la idea esencial, al espíritu que tuvo y animó a Vicente. En efecto, al aceptar un condiciona­do global de «his verbis», sobre «concredit», no tendrían ex­plicación los adjetivos que califican la heredad legada por Vicente. Se entiende bien el contenido de «singularem», pero ¿cuál sería el de los otros adjetivos y adverbios «novum», «semper stimulantem», «indesinenter et sapienter aptatum»? Estos adjetivos y adverbios expresan que, en el hoy de Vicente, en estos «novis temporibus», se encierran dos realidades: la for­mulación de la idea esencial y otro modo de vivir el espíritu, idea y espíritu vicencianos, ciertamente «intocables» en su «ser», pero «modificables» en su «manera de ser». Es la ley de toda criatura viviente. Por otra parte, la tarea impuesta por Vaticano II, en cuanto a Constituciones se refiere, ciertamente no es una labor de simple «limpieza» («operación plumero», que decían algunos) o de «sacar brillo» a las obras maestras de un pasado glorioso. Por otra parte, en «confirmatur» (que decíamos «antes»): la Iglesia ya puso a la CM, anteriormente, a una tarea de adaptación. El resultado de «nuestras manos», y de «otras manos», fue la edición de las Constituciones de 1954. Allí, ya desde el art. 2, tropezábamos con una muy singular «adaptación» del texto de las R.C., con aquellos adjetivos «generalis», «specialis» que calificaban «el fin de la CM» al cual, por añadidura, se juntaban dos objetivos más a los tres que estipulara San Vicente.

c.- Al sintetizar manifestaciones de mentalidades se que­dan, por la calzada, muchos matices que, según ópticas distintas, requieren más iluminación o menor enfoque. Sin duda; pero las síntesis ofrecidas creo que son suficientes para que el lector de estas líneas sepa a qué atenerse sobre el problema y pueda estudiarlo más a fondo, y, así, fundamentar su propia opinión.

2° – Este pequeño párrafo de cuatro líneas parece ser con­clusivo de la «Introductio» que estoy comentando. En cuanto a la «Introductio» y materialmente considerada, evidentemente lo es. Pero en cuanto es parte integrante de la «Introductio», ¿es realmente conclusivo?

Por de pronto no hay en él nada que señale o anuncie un texto posterior. Tal vez los vocablos «soboli», «sodalibus», «singularem vocationem», «novum… genus», «semper sti­mulantem» y, sobre todo, el último inciso, «novis tamen… aptandum» se podrían tomar como «señales » de algo que va a ser explicitado o ampliado. Si así fuese, pienso que estas «se­ñales» son tan endebles que en su «parpadeo fosforescente» difícilmente resultan «descifrables».

Con estas imágenes quiero decir que encuentro aquí una de las deficiencias de la «Introductio», como reportaré más ade­lante. Ni una sola vez se leen las palabras «Constituciones», «Estatutos». Al término de la sola lectura de la «Introductio», uno puede preguntarse: introducción, ¿a qué? Se puede argüir, sin duda, que la «Introductio» va precedida de un título general que reza «Constitutiones et Statuta Congregationis Missionis» y que le sigue otro titular: «Parte Primera, Vocatio», y, por fin, que al inicio mismo de la «Introductio» se habla de que la CM «ius fundamentale sibi proprium recognoscit», luego no hace falta una nueva o mayor señalización. Tal vez; pero las reglas de composición y de redacción de un texto identificado, por el autor, como «introducción » a la obra que ofrece al lector, exigen, entre otras cosas, que una «introducción, y por el sólo mero hecho de serla, diga paladinamente «a qué introduce».

II. – Las cinco «notas» de la «Nota de Introductione»

Es sabido que la AG-80 aprobó una «Nota de Introduc­tione». Tampoco aquí voy a detenerme en el «¿porqué?» y en el «¿cómo?» de este texto. Este comentario se endereza directamente a los textos tal como son.

Son cinco los puntos (notas) de esta «Nota de Introduc­tione». La «Introductio» es: 1º, histórica; 2º, intenta ser inspiradora; 3º, contiene elementos para una mejor inteligencia de los artículos de las Constituciones; 4º, va inseparablemente unida a las Constituciones y será presentada juntamente con ellas a la Santa Sede, y 5º, se antepone, como «introducción », a las normas estrictamente legales o jurídicas que se encuentran únicamente en el cuerpo de las Constituciones. Así reza el texto que aprobó la AG-80.

De inmediato se capta la diversidad, en el alcance, en la importancia, de estas «notas» o «puntos». Los dos primeros se refieren directamente al contenido de la «Introductio»; el tercero, además, apunta a un valor utilitario en función de los artículos constitucionales; el cuarto formula unas disposiciones sobre su ubicación y presentación, sea materialmente como texto, sea, en el último caso, al dirigirse a la Santa Sede en vista de obtener la aprobación del nuevo texto de las Constituciones; el quinto, comporta una declaración sobre el valor de la «Intro­ductio» en relación con el texto mismo de las Constituciones.

Considerando esta diversidad, se puede establecer, entre otros, dos casilleros. Aspectos internos: puntos 1º, 2º y, en parte, los restantes. Aspectos externos: puntos 4º y, en parte, el 5º. Por su importancia y alcance sobresalen los aspectos internos, y un sector del punto 5º.

Salta a la vista que estos puntos no siguen un orden lógico, ni tampoco gradual en su importancia. Sin embargo, para ayudar a los posibles lectores de estas líneas, este comentario se ciñe al orden del texto.

1º La «Introductio» es «histórica»

El atributo «histórica », sin otro aditamento, es, en sí, ambiguo. ¿Cuál es su significado? Por lo menos pueden ser tres: la «Introductio» pertenece a la Historia; o bien lo que ella dice es cierto y en conformidad a la Historia por contra­posición a lo legendario o fabuloso; o bien, la «Introductio» es digna de figurar en la Historia. ¿Cuál de los tres? ; ¿o simul­táneamente los tres? ; ¿o uno en sentido pleno y otros en sentido restrictivo? Veamos.

Para los miembros de la AG-80 no existe ninguna ambi­güedad, pienso yo. Todos los participantes en aquella Asamblea (que ciertamente fue «histórica » en varios aspectos) oímos, escuchamos, discutimos, y aceptamos mayoritariamente, y punto por punto, el sentido de este texto. El ponente de la Comisión Primera lo expuso con claridad meridiana: «histórica» significa esencialmente que la «Introductio» no comporta, en su con­tenido, nada que sea extraído de las alforjas de una leyenda o de una fábula; por el contrario, lo que en ella se dice es cierto en sus datos y rasgos fundamentales, en conformidad con nuestro pasado y nuestro presente como CM.

Tal es el significado que tiene aquí el atributo «histórica », según se explicitó en la AG-80. Eso no quita que, desbordando este sentido preciso que se le quiso dar, el atributo en cuestión pueda cobijar otros significados, pero éstos ya al margen y fuera de la «Nota de Introductione». Por ejemplo: el carácter de «novedad» de la «Introductio», su importancia intrínseca, su dilatada extensión y aún por los aspectos externos que le acom­pañan según los otros puntos de la «Nota». Igualmente, «his­tórica» porque los futuros historiadores de nuestras Constitu­ciones y de la AG-80 deberán forzosamente referirse a esta «Introductio» ya que es un texto que «hace época».

Nota compendiosa: al decir que la «Introductio» es «his­tórica», y que lo es en el sentido dado para la «Nota de Intro­ductione», no significa, ni mucho menos, que es completa en los datos que proporciona. Se trata, como indiqué anterior­mente, de unos jalones de nuestra Historia y de nuestra Historia tal como la conocemos según los documentos disponibles actual­mente. Si no hay constancia fehaciente de un dato (v.g. el año de 1581), se ha seguido la opinión común, pues en este dato, como en otros, de la biografía de S. Vicente, quedan aún mu­chos puntos por esclarecer.

Sin embargo uno puede pensar que, en función de lo que se pretendía, esta «Introductio» resulta una buena síntesis (cronológica y vivencial) de la andadura de S. Vicente, de su experiencia, de su espíritu y de su propósito, como también del caminar de la CM hacia su «aggiornamento» constitucional. He lamentado algunos vacíos, pero éstos no deforman la visión global de los hechos. En resumidas cuentas, opino que la «In­troductio», y dentro de sus limitaciones que su propio objetivo imponía, es «histórica » en el sentido que quiso dar la AG-80 a este atributo.

2º La «Introductio» intenta ser inspiradora.

El matiz del verbo «intenta » aclara la calina que podría envolver al adjetivo «inspiradora». En efecto la inspiración que surge en las personas, y para un cometido concreto, varía según los lugares (contexto socio-geográfico) y según la idiosincrasia de los individuos (contexto sicológico) y aún, en una misma persona, según su «momento » anímico (contexto emotivo). El fluir de la inspiración está subordinado a la calidad o al grado de po­tencia del foco emitente (aspecto positivo) y también depende del grado de sensibilidad del receptor (aspecto sico-somático). Ejemplos al canto, los comprobamos día a día; entre tantísimos se me ocurre el siguiente: diametralmente opuestas son las ins­piraciones que provoca en dos personas (la una amante de las sinfonías bethovenianas y la otra «fan» de música rock) la audición de un concierto de los Rolling Stones; para el primero, el concierto de marras es un pandemonium de ruidos ensorde­cedores, y, para el segundo, un arrebatador ensueño rítmico de melodías sublimantes.

Basta, pues, tomar buena nota de cierta timidez en el «in­tenta». La cautela, aquí, no es superflua o extemporánea: el poder inspirador que se quiere fluya de la «Introductio» puede ser endeble tanto en cabeza de línea como en final de trayecto.

Ahondando más: ¿la «Introductio» contiene los elementos suficientes para lograr «inspirar » a la CM? Opino que sí. Allí están los jalones históricos vicencianos, no solamente cronoló­gicamente apostillados, sino también ensamblados con los «mo­mentos » existenciales de Vicente y de la CM. Son «hitos » que indican el «camino» y «cumbres» que señalan la «meta». Quién quiere caminar sabe por dónde ir y quién quiere arribar a la meta sabe por dónde escalarla. El contenido de la «Intro­ductio», como me he esforzado de comentarlo, se me asemeja a un trampolín para zambullirse o a una pista de despegue para volar. Los elementos que contiene en sus cuatro párrafos creo que tienen la fuerza cimbreante y la consistente densidad para «inspirar».

En contrapartida, para el éxito de esta acicateante operación, se requiere receptividad en el elemento humano. Y esta recep­tividad es perturbada siempre por el «handicap» de los factores ambientales. De todas formas, creo que los de la CM tenemos a nuestra disposición (personal y comunitaria) arrestos espiri­tuales, intelectuales y sicológicos más que suficientes para poder superar cualquier bache de insensibilidad.

Nota compendiosa: me pregunto: «inspirar, ¿qué cosa?, ¿para qué objetivo?”.

El texto no lo dice. Distingo, pues: si el atributo «inspira­dora » se refiere a la confección misma de las Constituciones, la «Introductio» llegó con bastante retraso, al menos en su redacción última. Ya entonces, finales de la AG-80 (5 de agosto), «la suerte estaba echada» para las últimas votaciones de textos constitucionales. Eso no quita que en el transcurso de las sesudas y, a veces, electrizantes, sesiones de las semanas anteriores amén de las reflexiones personales o en comisiones, cada asambleista había tomado su baño de inspiración en las diversas versiones de lo que iba a ser la «Introductio».

En segundo lugar, si el atributo «inspiradora» se refiere al contenido de las Constituciones, como, en parte, es función propia de cualquier introducción literaria, entonces opino que el «intenta ser inspiradora » corresponde a la realidad de los hechos. Para una demostración científica de esta realidad de­bería ahora embarcarme en una encuesta metódica de los puntos claves de las Constituciones y Estatutos. No es ahora el momento en este artículo. Sin embargo, si algún lector con premura no puede esperar, le invito a escarbar las referencias de las palabras claves en el índex » que elaboré para seguir el hilo conductor de las ideas predominantes en las C &S (27). Encontraría allí, si tiene paciencia y dotes de investigador, los acápites de la demostración y llegará a la conclusión que, efectivamente, el intento de inspiración de la «Introductio» sobre las C &S no ha caído en saco roto.

En tercer lugar, si el atributo «inspiradora » se refiere al objetivo de la aplicación de las C&S, en este caso, habría que dar tiempo al tiempo. Una encuesta exhaustiva sobre este parti­cular comportaría dos fases: ¿qué grado de inspiración se com­prueba en las adaptaciones verificadas a raíz de las revisiones de las Normas Provinciales (tarea larga, pero no difícil)?, y, además, el estudio de un sondeo sobre actitudes (opiniones) y comportamientos (actos) en base a un muestreo representativo de los CM. Si alguien quisiera hacerlo, yo estoy dispuesto a ayu­darlo desde mi atalaya de la Curia. En todo caso, y con expre­siones típicas de mi tierra, espeto el clarinazo: el toro brama en la plaza; ¿quién es el majo que se lanza al ruedo?

3º – La «Introductio» contiene elementos para una mejor inteligencia de los artículos de las Constituciones.

Es una afirmación. ¿En qué se fundamenta? Larga tarea la de buscar y catalogar elementos de la «Introductio» que ayuden a una mejor inteligencia de estos artículos constitucio­nales.

La tarea, en buena parte, ya está iniciada por la redacción de estos renglones. Faltaría continuarla con el estudio concienzudo del contenido del cuerpo jurídico de las C&S. Todo se andará, pienso yo.

Esquemáticamente algunos de estos elementos son : labor de revisión llevada a cabo por la AG-80 (estudio comparativo entre el enunciado del 1º párrafo de la «Introductio», las antiguas Constituciones, y las Nuevas) ; labor de sensibilización, sobre todo a través del párrafo 20 (andadura espiritual y marcha gradual de Vicente hacia su vocación propia y la de la CM, que alcanza primero la figura de Cristo contemplado como enviado del Padre para evangelizar a los pobres, y, luego, el seguimiento vicenciano en el servicio del pobre). Pienso que este elemento es capital para poder comprender los enunciados jurídicos que configuran en particular los art. 1-69 de las C &S.

El párrafo 30 aporta los elementos esenciales que originan y explicitan las peculiaridades jurídicas relacionadas con la na­turaleza de la CM y sus votos (art. 3-4 y 77-80). En fin, el párrafo 4° sirve a modo de punto focal para centrar la ilumi­nación sobre las consecuencias (y estrategia para llevarlas a cabo) que se derivan de la Parte Primera de las C &S, en parti­cular del art. 2, y del comienzo de la Parte Segunda en los art. 10-12.

Nota compendiosa: ¿por qué esta nota 3ª? En sí misma es una tautología, habida cuenta de lo que debe ser cualquier introducción. En efecto, cualquier introducción debe contener, según mencioné al principio de este artículo, elementos que ayuden a la inteligencia del texto que introduce. Tal vez se descubrió demasiado tarde que la «Introductio» carecía, en este aspecto, de aquella exigencia de metodología. O tal vez se ha querido reforzar los motivos del porqué de la «Introductio» misma, dadas su novedad y la controversia que precedió su redacción final. O tal vez, prescindiendo de la tautología y de las circunstancias apuntadas, se ha querido dar como un toque de atención para que se pueda comprobar y comprender el porqué de los cambios (sobre todo de redacción y presentación) en las nuevas C & S. En este sentido esta nota merece considerarse como acicate para la inteligencia teórica y práctica, y para la puesta en aplicación, de los articulados jurídicos.

4° La «Introductio» va unida… a las C&S y será presen­tada… a la Santa Sede.

Se trata de un doble mandato de la AG-80: 10, la «Intro­ductio» va unida inseparablemente a las Const. Se entiende, pues, que en cualquier publicación de las Const., debe estar la «Introductio». 2°, ella será presentada juntamente con ellas a la Santa Sede. Como ya informé, este mandato de la AG-80 se cumplió.

Nota compendiosa: ¿por qué este doble mandato de la AG-80? Los asambleístas de 1980 conocen bien el «substratum» de este doble mandato. Los historiadores de aquella Asamblea lo narrarán supongo. Aquí en forma genérica se puede recordar: el principal caballo de batalla en la discusión sobre la «Introductio» fue, aparte la presentación de la andadura espiritual y apostólica de Vicente y de la CM, la inserción del art. 1 de las R.C. El afán de que este artículo fuese inserto (en la «In­troductio» o en el cuerpo jurídico mismo), desembocó en este doble mandato; así, en cualquier caso, el dicho artículo consta en su totalidad. Así la AG satisfacía las diversas tendencias que afloraron en la discusión sobre este punto.

5° La «Introductio » se antepone como «introductio»… las normas legales… se encuentran… en el cuerpo de las Const.

Dos ideas: su colocación y su alcance como tal «introduc­ción».

  1. Su colocación obedece a su naturaleza. Como tal «in­troducción» se antepone al texto al que introduce, por eso es «introducción».
  2. Siendo sólo una «introducción », su valor, su alcance, estriban en lo que se ha querido que fuera según las notas 10 y 20. Se la pone en relación con las normas legales o jurídicas de las Const. para expresar con claridad el valor y alcance de la una y de las otras. Estas, las normas legales y jurídicas, se encuentran «solummodo» en los artículos de las Const.

Nota compendiosa: — Si bien parecería innecesaria la for­mulación de la primera idea, la de la segunda tiene por finalidad de poner en claro la diferencia esencial, en lo jurídico, entre la «Introductio» y el cuerpo mismo del articulado de las Const.

Estas dos ideas formulan una cierta definición de la «Introductio» tal como se la quiso presentar y el alcance prác­tico de ésta (histórica, inspiradora) y del cuerpo jurídico (normas legales).

En realidad la historia de la redacción y aprobación de esta nota 5°dirá sin duda que la AG-80 quiso insistir en el valor y alcance de los dos textos («Introductio» y cuerpo jurídico de las Const.), para evitar que se minimizara o se agrandara en exceso el texto de la «Introductio».

Observaciones finales

Esta «Introductio», ¿por qué?

La pregunta tiene su razón de ser y no solamente por la novedad en relación por lo menos con las Const. de 1954 y de 1969 /1974, sino por los cambios que se ofrecen o que se anuncian. Estos cambios (sobre todo en las nuevas formulaciones) postu­laban una explicación, una fundamentación. La «Introductio» desempeña en lo principal este papel. Probablemente algunos encontrarán este papel muy reducido; tan sólo, en el párrafo 10, se menciona «Ecclesiae voluntati obsequens», «in mundo huius temporis», «afilatu Concilii», «suae vocationi respon­deat», «hodiernae necessitatibus»; y en el párrafo 4º, «novis temporibus indesinenter et sapienter aptandum». Pero hubiese sido alargar en demasía el texto al ofrecer, aun sintéticamente, una panorámica de la teología postconciliar y del contexto social del mundo contemporáneo. Quien quisiera estudiar los campos eclesiales, teológicos, socio-económicos y culturales que acotan las citas latinas mencionadas, amplio margen tiene para com­probar la actualidad de la vocación vicenciana. Con todo, estoy de acuerdo con Antonello y Braga, únicos autores, en lo que yo conozco, que al presente hayan expresado opiniones al respecto; ellos dicen que en la «Introductio» tenemos como una síntesis del camino de fe de Vicente, una evocación de la raíz histórica de la CM, una llamada a la CM, y que es un buen preámbulo para iluminar, hacer comprender las caracte­rísticas de la CM en el plano histórico, doctrinal y esencial, y, en fin, que hay que valorizarla sobre todo en el plano de la inspiración. Ignoro hasta qué punto, o por qué, se pueda decir, como lo hace Braga que la «Introductio» corresponde a la Introducción que se usa en los Documentos Pontificios; no me consta que en la AG-80 se haya mencionado esta semejanza.

20. – Una «Introductio» extensa con párrafos material­mente desiguales:

Evidentemente el alcance de un texto no depende de su extensión material, sino de su contenido. Ya señalé, en este aspecto material, las diferencias entre los párrafos 1º y 4º con los párrafos 20 y 30, y la función de bisagra de éstos en relación con aquellos. Alguien puede pensar que los extractos de los docu­mentos aducidos podrían haberse concentrado aún más en lo esencial, o bien que la secuencia histórica del párrafo 20 se alarga un tanto. Todo puede ser. Pero pienso que, a pesar de la extensión global y de la desigualdad material que los traba, estos párrafos permiten y facilitan el situarse en el término «a quo» y, desde allí, captar mejor el término «adquem» del ag­giornamento de las C &S.

3º. – Una laguna… redaccional.

Ya la indiqué anteriormente: esta «Introductio» no dice con claridad a qué «introduce»; ni una sola vez se habla expre­samente de las C &S. Una contraprueba podría esclarecer o medir una de las consecuencias de esta laguna: si se tomase sólo en sí misma la «Introductio», prescindiendo de su contexto actual, nada perdería de su significado y valor; podría servir como «introducción» a otro texto referente a la CM (sobre su historia, sus actividades apostólicas postconciliares, etc.).

4º. – Una «Introductio» que «habla» y «cuestiona».

En general opino que, aún con los reparos puestos, la «Introductio» resulta una «entrada en materia», un «pór­tico», «nos lleva de la mano» para orientar, inspirar, no sólo la redacción de las C &S, sino, sobre todo, y ahora, para aguijo­near el estudio y la adecuada aplicación de las mismas.

50. – La «Nota de Introductione» y su publicación.

Nada estableció la AG-80 en cuanto a la publicación de este «Nota», ni siquiera en «Addenda» a los decretos. Los asambleístas la tenían; en cambio era desconocida del resto de los CM. Sin duda por ello, el Padre General en su carta de pre­sentación de la edición de las C &S la publica. Así toda la CM puede valorizar el pensamiento de la AG sobre la «In­troductio».1980, p. 194.

Mitxel Olabuénaga, C.M.

Sacerdote Paúl y Doctor en Historia. Durante muchos años compagina su tarea docente en el Colegio y Escuelas de Tiempo Libre (es Director de Tiempo Libre) con la práctica en campamentos, senderismo, etc… Especialista en Historia de la Congregación de la Misión en España (PP. Paúles) y en Historia de Barakaldo. En ambas cuestiones tiene abundantes publicaciones. Actualmente es profesor de Historia en el Colegio San Vicente de Paúl de Barakaldo.

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