Normas Provinciales 1997
Provincia de Zaragoza
X Asamblea Provincial
Normas Provinciales
Líneas Operativas
1997
A LOS MISIONEROS DELA PROVINCIA
Zaragoza, 12 de Octubre de 1997
Queridos padres y hermanos:
La gracia del Señor sea siempre con nosotros.
Hace poco llegaba de la Curia General la aprobación de las modificaciones introducidas a nuestras Normas en la última Asamblea Provincial y estamos ya en disposición de ofrecer de una manera ordenada parte del trabajo de aquellos días,
Tuvimos ocasión entonces de identificarnos en un Proyecto común como misioneros, de compartir con los laicos la vitalidad del carisma Vicenciano, de preparar con interés la próxima Asamblea General, de intercambiar ideas e inquietudes sobre la Provincia, de convivir y de sentirnos hermanos. El fruto de la Asamblea va, por eso, mucho más allá de lo que en esas páginas se contiene. Es ese fruto la vigorización de un espírituque alienta nuestro cotidiano vivir y anima nuestra labor. Y es ese fruto la afirmación de una voluntad que quiere ajustase en cada momento a la voluntad misma de Dios.
Desde esa mayor raigambre de nuestro espíritu vicenciano y desde esa más decidida voluntad de participar en la misión de Cristo, es desde donde hemos de asumir los documentos que aquí se contienen:
Se trata, en primer lugar de las Normas Provinciales, revisadas en la última Asamblea y confirmadas, con un breve añadido, por el Consejo General en Roma. Son unas Normas, por tanto, ya muy conocidas y asumidas, pero que han de seguir orientando) nuestra fidelidad. Conscientes, eso sí, de que estamos llamados a superarlas. Las Líneas Operativas, que aparecen después y en las cuales no se centró la Asamblea, ha creído oportuno mantenerlas el Consejo con el fin de que sigan iluminando parte de nuestro quehacer.
Se presenta a continuación el escrito en el que, con el título Asamblea 97, los diputados quisieron hacer llegar a todos su entusiasmo por el fervor vicenciano vivido y su deseo de comprometernos en la formación permanente, la colaboración con los laicos y una conversión mayor al seguimiento de Cristo-Evangelizador de los pobres.
La preocupación por una mejor observancia del voto de pobreza motivó ese pequeño documento Sobre la pobreza que pretende avivar tanto nuestra pobreza personal como comunitaria.
– Y el Proyecto Provincial, finalmente, viene a recoger y a proyectar cuanto en la Asamblea se vivió poniéndonos así en camino de renovación y de esperanza.
Miremos todo esto, según San Vicente, “como medios que Dios nos presenta para perfeccionarnos en nuestra vocación” (A los misioneros,1). Que nuestra Madre María, cuya advocación del Pilar hoy celebramos, aompañe cada día nuestra ilusión, nuestra fatiga y nuestros esfuerzos.
Vuestro siempre affmo. en San Vicente.
S. Azcárate Gorri, C.M..
Visitador.
NORMAS PROVINCIALES
ACTIVIDAD APOSTÓLICA
PRINCIPIOS GENERALES
1.- Manifestamos nuestra condición de misioneros y estaremos dispuestos a partir a otros lugares.
a) La sugerencia del cambio puede venir del Obispo, de la Provincia o de la Comunidad local.
b) La decisión del cambio compete siempre a la Provincia conforme a las Constituciones y Estatutos, teniendo en cuenta a la Comunidad local.
c) El Visitador, para los destinos, tenga en cuenta prioritariamente, las Líneas Operativas.
2.- Nuestros lugares de trabajo no podrán ser otros que los que se deriven del espíritu vicenciano: zonas rurales deprimidas económicamente y escasas de clero, núcleos de inmigrantes y emigrantes, y donde existan nuevos pobres en la sociedad actual.
3.- Revisaremos nuestras obras de manera que todas ellas respondan cada vez más plenamente a la vocación propia de la Congregación (Con. 12, y Est. 1).
MISIONES POPULARES
4.- La Provincia de Zaragoza considera la renovación de la Misión extraordinaria como la prioridad más urgente del momento actual. En particular, se propone promover con empeño las Misiones Populares según Const. 14.
5.- El Proyecto Provincial asumirá con claridad la forma de llevar a cabo de manera efectiva este ministerio, a tenor de las directrices expuestas en las Líneas Operativas de la Provincia.
MISIONES «AD GENTES»
6.- Nuestra participación en el trabajo misional «Ad Gentes», del que todos hemos de sentirnos solidarios, se orientará preferentemente a la misión de Honduras.
7. La Provincia procurará contribuir con su personal, preferentemente en forma temporal, a la evangelización de los pobres y al establecimiento del Reino de Dios en el territorio de dicha misión. Sea generoso el Visitador en permitir ir a éste y a otros posibles países de misión a quien lo pida y reúna los requisitos necesarios.
8. Procuraremos mantener una alta estima del ideal misionero y fomentaremos las inquietudes misioneras en cuantos se relacionan con nosotros, colaborando en OO.MM.PP. y AMVE.
9. A cada uno de los miembros de la Provincia se le invita a que tanto de sus bienes personales, como de lo que percibe de la Provincia como asignación personal, sea generoso con las misiones.
ACCION SOCIAL
10. Nos sensibilizaremos ante el fenómeno de la injusticia y de la violación de los derechos humanos. A la luz del Vaticano II, de los Sínodos Episcopales, de los Documentos de los últimos Papas y de la misma doctrina vicenciana, proclamaremos que la promoción integral del hombre y su liberación de toda injusta situación es parte de la evangelización
11. Donde ejerzamos nuestro ministerio trataremos de conocer la situación concreta de los pobres, las causas concretas de la pobreza, las posibles violaciones de la justicia y derechos humanos, y en colaboración con otras personas, grupos y organismos, nos esforzaremos en resolver los casos particulares y, sobre todo, en instaurar la justicia social, el respeto sagrado a la dignidad de !a persona y la paz, llegando hasta la denuncia profética.
12. En esta línea de acción social, y por común espíritu vicenciano, colaboraremos de un modo especial con las Hijas de la Caridad y con las demás Asociaciones fundadas por San Vicente o provenientes de su espíritu.
13.- La Comunidad Provincial y las locales, al elaborar sus respectivos Proyectos Comunitarios tendrán en cuenta la acción social que, en su aspecto económico, reflejarán en unas cantidades que dedicarán, incluso por medio de un proyecto propio, a la promoción social y a obras de caridad, de acuerdo con sus ingresos y las necesidades de la zona.
14.- Cada Comunidad de la Provincia dedicará cada mes el equivalente de los ingresos de un día de todos los misioneros para remediar las actuales formas de pobreza, como expresión de solidaridad. Esta aportación deberá proceder no de la contribución a la Procura Provincial, sino de una mayor austeridad en el modo de vida de la Comunidad. La manera de llevar esto a la práctica se concretará en el Proyecto Comunitario anual.
PARROQUIAS-MISION
15.- Para la evangelización en nuestras parroquias tendremos en cuenta los criterios y objetivos siguientes:
a) Trabajaremos por llegar a una Iglesia misionera que busque y esté abierta a los alejados y no creyentes. Tendremos especial empeño en potenciar siempre la dimensión evangelizadora de toda nuestra acción pastoral.
b) En las parroquias donde trabajamos intentaremos una catequesis sistemática orientada a formar comunidades.
c) Procuraremos que las comunidades parroquiales donde evangelizamos sean sensibles a las necesidades de los más pobres y marginados y estén animadas constantemente a vivir el amor y a compartir con los necesitados. Hemos de animar las instituciones caritativas de la Iglesia.
d) Promoveremos a los seglares de nuestras parroquias en responsabilidades específicas y, en diálogo constructivo con los mismos, favoreceremos sus iniciativas y respetaremos su autonomía.
16. De acuerdo con el sentir evangélico y obedeciendo a la auténtica llamada de la Iglesia universal, los miembros de la Provincia de Zaragoza en U.S.A. se dedicarán al servicio pastoral y social de la Comunidad Hispana. Nuestro trabajo deberá organizarse teniendo en cuenta su constante movilidad y su mejor servicio.
EDUCACIÓN
17. Según los criterios del Est. 11, nuestro apostolado en el campo de la educación tendrá una real y eficaz dimensión evangelizadora de los pobres.
INSERCION DIOCESANA
18. Nos esforzaremos en lograr, personal e institucionalmente, una mayor proyección hacia las realidades diocesanas.
VIDA DE LA CONGREGACIÓN
NORMAS SOBRE LA PRÁCTICA DE LA POBREZA
19. La Provincia se guiará en el tratamiento de sus asuntos económicos a nivel provincial, local y personal, por los criterios contenidos en las Constituciones (nn. 31-35 y 148-155), en los Estatutos (nn. 100-107) y en el Estatuto Fundamental de la pobreza.
20. El estudio de los citados números y del Estatuto de la pobreza deberán incluirse en el Programa de Formación Permanente y serán objeto de estudio por parte de las Comunidades.
21. Según las Constituciones, el Estatuto Fundamental de la pobreza y el espíritu de las Reglas Comunes, se establecen las siguientes normas para la práctica de la pobreza.
a) sujetos a la ley universal del trabajo, nuestra dedicación al mismo no ha de ser menor en horas a la de los hombres de modesta condición.
Las vacaciones de todos los miembros de la Provincia, cualquiera que sea su destino, comprenden un mes.
b) Todo fruto del trabajo personal pertenece a la Comunidad. Se considera fruto de este trabajo lo percibido incluso con ocasión del ministerio o por razón de oficio.
c) Nuestro estilo de vida en todos sus aspectos, tanto comunitaria como personalmente, «sea como conviene a quien es pobre» (RC. III, 7).
d) Todos observaremos gran moderación en viajes, vacaciones y gastos personales.
e) En la elaboración de los Proyectos Comunitarios y en las revisiones de vida comunitaria deberá tratarse el uso del teléfono y de los coches, a la luz del número 21.3 de estas Normas.
f) La asignación mensual lleva implícito el permiso para emplearla en los gastos que ella debe cubrir.
g) La compra de vehículos se limitará a las necesidades de la casa, siendo necesaria la autorización por escrito del Visitador. No se autorice ni la posesión ni el uso de coches particulares.
h) Periódicamente evaluaremos la práctica de la pobreza al revisar el Proyecto Comunitario, según Est 16.
ORACIÓN
22. Del tiempo señalado para la oración personal en las Cons. 47,1, tendremos, al menos, media hora de oración en común en el tiempo más apropiado para la Comunidad.
23. Dedicaremos anualmente cinco días a una profundización de la vida espiritual, personal y comunitaria, mediante los Ejercicios Espirituales.
El Visitador y su Consejo organizarán tandas de Ejercicios para la Provincia, sin perjuicio de la programación y aceptación de otras formas de hacerlos.
MIEMBROS DE LA CONGREGACIÓN
PROCESO DE ADMISION E INCORPORACION
24. En el Seminario Interno se recibe a quienes, habiendo alcanzado una madurez humana y cristiana, a juicio de los moderadores, oído el parecer de los estudiantes y teniendo en cuenta el Plan General de Formación, quieren ser admitidos en la Congregación, tras haber hecho la petición por escrito.
25. Los Propósitos se hacen una vez para siempre y cada uno los reaviva en su corazón frecuentemente.
26. La emisión de los Votos se hará no antes de dos años ni después de seis desde la admisión en el Seminario Interno.
ALGUNOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
27. El miembro simplemente admitido:
a) Tiene como normas rectoras de su vida las Constituciones y Estatutos de la C.M. y las Normas Provinciales, según su propio Directorio.
b) Participa de todos los bienes espirituales de la C.M.
c) Participa de los bienes materiales de la Comunidad a la que se encuentra adscrito, según se programación del grupo dentro del Proyecto Comunitario y de acuerdo con su Directorio.
d) Participa activamente en la planificación y funcionamiento de la Comunidad local, salvo los derechos específicos de los formadores.
28. a) además de lo establecido en las Constituciones, cada misionero de de la Provincia ofrecerá una misa por cada difunto de la misma, preferentemente en la concelebración comunitaria.
b) Nos sentiremos muy cercanos a los misioneros en la pérdida de sus padres, haciendo lo posible por acompañar a la familia en los funerales.
29. Cada miembro de la Provincia podrá ofrecer, o hacer que se ofrezcan, cuatro misas al mes sin estipendio por su propia intención.
FORMACIÓN
PASTORAL VOCACIONAL
30. La Provincia de Zaragoza dispone de un Plan de Pastoral Vocacional, cuyo funcionamiento revisará anualmente el Visitador y su Consejo.
31. Los directores del Seminario Menor Vicenciano y de la Etapa de Acogida son nombrados por el Visitador con el consentimiento de su Consejo.
FORMACION DE LOS NUESTROS
32. La Provincia de Zaragoza cuenta con un Plan de Formación Inicial, que revisará periódicamente el Visitador y su Consejo con las propuestas de la Comisión de Formación.
33. El Plan de Formación Inicial de la Provincia de Zaragoza comprende dos etapas:
a) Seminario Interno
b) Seminario Mayor Vicenciano
Previamente, los candidatos a la Congregación deben vivir una experiencia de acogida entre nosotros, que permita un juicio suficiente de los moderadores y una opción madura de los propios candidatos.
34. Los Directores del Seminario Interno y del Seminario Mayor Vicenciano son nombrados por el Visitador con el consentimiento de su Consejo.
FORMACIÓN PERMANENTE
35. 1. Según Const. 77.1 y Est. 42, el Visitador nombrará la Comisión que anime la formación continua de los nuestros, de acuerdo con los programas locales, con los suyos propios y con los que puedan preparar las mismas Comunidades.
2. Urja esta Comisión la lectura comunitaria de las Constituciones, Estatutos y Normas Provinciales, de forma periódica, y programe su estudio en las distintas comunidades y Zonas hasta la próxima Asamblea.
3. Cada individuo, cada Comunidad y aun el Visitador con su Consejo procuren responder y favorecer estos programas organizando la vida ministerial de modo que se pueda atender a ellos responsablemente.
ORGANIZACIÓN DE LA PROVINCIA
RÉGIMEN PROVINCIAL
36. El Visitador es elegido por la Provincia para cuatro años. Puede ser reelegido sólo para dos más.
37. 1. El Visitador, o quien haga sus veces, oído su Consejo, iniciará el proceso electoral el 15 de septiembre anterior al término del período para el que fue elegido.
El Visitador, o quien haga sus veces, nombrará una Comisión de tres miembros para que ponga en marcha dicho proceso electoral.
2. Serán funciones de la Comisión: enviar de listas de miembros con voz activa y pasiva, señalar el calendario de votaciones, hacer el recuento de los votos y comunicar al Superior General y a la Provincia los resultados.
Con el fin de no dilatar el proceso, la Comisión utilizará los modernos medios de comunicación.
La Comisión electoral enviará a las casas, junto con las listas y el calendario, tres bloques de papeletas de distinto color, señalando en cada una el número de votación a que corresponde. Cada bloque contendrá tantas papeletas oficiales cuantos sean los miembros con voz activa en cada comunidad. Estas papeletas deberán diseñarse de manera que garanticen el secreto y eviten falsificaciones. Dentro del tiempo hábil y convocados por el Superior al menos con una semana de antelación, los miembros de las casas, se reunirán para efectuar la votación en acto comunitario. Si algún miembro de la comunidad está ausente, podrá hacer llegar su voto en un sobre cerrado dentro de otro. El escrito exterior deberá explicar que el sobre cerrado contiene la votación a incluir con las demás papeletas de la Comunidad.
El Superior y Secretario comprobarán que el proceso de votación ha sido correcto.
Una vez introducidos todos los votos en un sobre, será cerrado y sellado en presencia de todos. El Secretario lo enviará a la Comisión Electoral y levantará acta de la sesión. La Comisión Electoral abrirá los sobres de las casas y contará los votos, comprobando que no sobrepasan el número de miembros con voz activa de cada casa. Los sobres de las casas sólo se podrán abrir en presencia de la Comisión en pleno. Una vez que han sido mezclados los votos se iniciará el escrutinio.
3. En cada una de las votaciones, cada elector podrá presentar un solo candidato.
Será elegido, en primera votación, el candidato que obtuviere la mayoría absoluta de los votos válidos.
Si ninguno de los candidatos obtuviere mayoría absoluta, se procederá a una segunda votación, en la que tendrán voz pasiva los cinco que hubieren obtenido mayor número de votos. Si hay varios empatados en el quinto lugar, todos ellos gozarán de voz pasiva en la segunda votación.
Será elegido, en la segunda votación, el candidato que obtuviere mayoría absoluta de los votos válidos.
Si ninguno de los candidatos obtuviere mayoría absoluta, se procederá a una tercera y definitiva votación. Serán candidatos en la tercera votación únicamente los dos que hayan obtenido el mayor número de votos en la segunda. Los casos de empate se resolverían a favor del mayor de vocación y edad.
Resultará elegido el que obtuviere la mayoría absoluta de los votos válidos. En caso de empate, se tendrá por elegido el mayor de vocación y edad.
4. Una vez elegido el Visitador, el Presidente de la Comisión electoral no lo comunicará a la Provincia hasta que el Superior General lo confirme en su oficio y el interesado haya aceptado. Si el Superior General no confirma al elegido o el interesado no acepta la elección aprobándolo el Superior General, se comenzará de nuevo el proceso electoral después de haber publicado el resultado total de la elección.
5. El Visitador elegido, una vez confirmado por el Superior General, tomará posesión del cargo dentro de los quince días siguientes a la fecha de su confirmación.
38 En caso de muerte del Visitador o de cese en su cargo gobierna la Provincia temporalmente el Asistente Provincial, o en su defecto, el Consejero más antiguo, debiendo convocar elecciones para Visitador en el plazo de quince días.
39. El Visitador tendrá un Asistente nombrado por el mismo Visitador de entre los Consejeros.
40. Los Consejeros serán cuatro, nombrados por el Visitador, previa consulta a la Provincia, para el mismo tiempo para el que haya sido elegido el Visitador.
El Consejo Provincial se reunirá, aproximadamente, una vez al mes.
41. El Visitador, con el consentimiento de su Consejo, nombrará Ecónomo Provincial. Puede ser uno de los Consejeros. En caso de que no lo fuera, podrá ser llamado a los Consejos cuando se trate de asuntos económicos.
42. El Visitador y su Consejo elaboren, mediante una Comisión, si fuera necesario, un Proyecto Provincial.
NUESTRAS CASAS EN USA
43. Los misioneros de la Provincia de Zaragoza destinados en las casas de U.S.A. forman una Corporación. “PP. Paúles Community (Vicentians) Inc.».
44. Es atribución de los miembros de la Corporación: nombrar por votación los cinco directivos exigidos para la Junta de Gobierno.
45. Es obligación de la Junta de Gobierno de la Corporación:
1. Ejecutar los acuerdos que se tomen en la Asamblea de la Corporación y de las Juntas.
2. Celebrar la reunión anual prescrita por la ley civil en el lugar, tiempo y con la agenda aprobados por el Visitador.
3. Tener en el domicilio de la Corporación un archivo en el que se guarden los documentos, Reglamentos, sello y actas de las reuniones.
4. Preocuparse de que todos los miembros de la Corporación estén asegurados contra enfermedad, invalidez y tengan el seguro de jubilación.
5. Preocuparse de que todos los miembros de la Corporación estén asegurados contra enfermedad durante sus estancias en España.
6. Informar anualmente al Visitador, al Ecónomo Provincial y a todos los miembros de la Corporación sobre el estado económico de la misma y de las casas de la Provincia en U.S.A.
RÉGIMEN DE LAS CASAS
46. El Superior local es nombrado por el Visitador para un trienio, previa consulta a los miembros de la comunidad. De la misma manera podrá ser nombrado para un segundo trienio y, con la aprobación del Superior General, hasta un tercero si fuera necesario.
47. El Asistente y el Ecónomo domésticos son elegidos anualmente por los miembros de la comunidad. Hecha la elección, se informará al Visitador.
48. El Ecónomo doméstico informará mensualmente a la comunidad sobre el estado de las cuentas. Presentará a la comunidad el balance de fin de año, una vez firmado por el Superior y el Asistente.
49. Los oficios de los Colegios se nombran conforme a lo determinado por el Reglamento de Régimen Interior del propio Centro.
50. Todos los miembros de la comunidad son miembros del Consejo doméstico. Cuando el Visitador, con el Visitador, con el consentimiento de su Consejo, lo juzgue necesario para alguna casa, constitúyase un Consejo Doméstico compuesto por el Superior, Asistente, Ecónomo y dos elegidos por la comunidad.
ASAMBLEAS
51. Asisten a la Asamblea Provincial.
1. Por oficio el Visitador, Ecónomo y Asistente
2. Un diputado elegido en cada casa por mayoría absoluta. Cada casa elegirá además, en votación distinta, el sustituto del diputado, siendo suficiente en este caso la mayoría relativa.
3. Uno de cada diez miembros o fracción, computados según el número 61 de las Constituciones, elegido por mayoría de votos en un único colegio
Esta votación se realizará después de que hayan sido designados los diputados de las casas.
Al enviar a las casas los resultados de esta votación, las listas contendrán los nombres y el número de votos obtenidos por los que han resultado elegidos diputados y por otros tantos sustitutos. De los demás, figurará el nombre, pero no el número de votos.
52. La Asamblea Provincial tiene su propio Directorio. La Comisión preparatoria envía una copia del Directorio aprobado en la última Asamblea a cada uno de los asambleístas para que lo estudien y se apruebe en la primera sesión con las modificaciones que parecieren oportunas.
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES TEMPORALES
PRINCIPIOS GENERALES
53. Es necesaria la diferenciación entre Administración de la Obra y de la Comunidad Esta diferenciación se ha de hacer, a ser posible, en todas nuestras actividades.
54. La gestión económica de la Provincia corresponde al Ecónomo Provincial, a los administradores de las obras y de las comunidades, debiendo haber una sola administración en cada obra y en cada comunidad.
55. Tanto los gastos como los ingresos de las obras, de las comunidades y de la Provincia han de ser presupuestados y con suficiente antelación, a fin de que sean examinados por el organismo competente, antes de finalizar el ejercicio y con las observaciones oportunas los pase al Visitador y su Consejo para su aprobación si procede.
56. Las escrituras de nuestras propiedades, deudas, becas perpetuas y fundaciones estén en regla y consten en lugar identificable, tanto en el archivo doméstico como provincial. Las becas de fundación acompañan al seminarista hasta su ordenación.
57. Las comunidades y las obras deben tener al día un inventario de sus cargas y de sus bienes, que ha de ser examinado en la visita de oficio que hace el Visitador cada dos años.
58. Los préstamos y arrendamientos que se hicieren a misioneros y extraños, así como los que se reciban, efectúense con fórmulas de valor legal. La cuantía de los préstamos no podrá superar nunca el 50 por ciento de los gastos que puede hacer el Superior.
59. En orden a evitar una deuda considerable por acumulación repetida de la cantidad que los diversos administradores pueden gastar sin consultar, una vez contraída una deuda igual a la cantidad señalada para tal gasto, no podrán gastar o prestar nada sin consultar a la autoridad superior según derecho y normas.
60. Las cuentas bancarias de todas las administraciones de la C.M. han de tener como titular a la misma y al menos dos firmas autorizadas, normalmente las del Superior y Ecónomo, e indistintamente.
NIVEL PROVINCIAL
61. 1. Gastos que puede hacer y permitir el Visitador:
– Por sí mismo, 1.000.000 de pesetas.
– Consultando al Ecónomo Provincial, hasta 5.000.000 de pesetas.
– Oído el Consejo, hasta 10.000.000 de pesetas.
– Con el consentimiento del Consejo, hasta 50.000.000 de pesetas.
– Con el consentimiento unánime del Consejo, hasta 100.000.000 de pesetas.
– Para gastos superiores a los 100.000.000 de pesetas ha de consultar a la Provincia.
2. Puede, además, el Visitador delegar a! Ecónomo Provincial para que disponga por sí mismo de hasta 1.000.000 de pesetas.
62. 1. El Ecónomo Provincial informará a la Provincia:
a) Semestralmente, de su gestión administrativa.
b) Anualmente, de la economía de las casas,
c) Cada año, del estado de los bienes de la Provincia.
2. Cuídese de que la información sea discreta y de que no trascienda a los extraños.
63. Los ingresos de la administración provincial provienen:
1. De los bienes que directamente dependen del Ecónomo Provincial.
2. De las administraciones de las obras que se gestionan con independencia de la administración de la comunidad, salvo las de fundaciones.
3. De donaciones y fundaciones de carácter provincial.
4. De las aportaciones hechas por los individuos en régimen especial.
5. De estipendios y binaciones.
6. De lo proveniente de las administraciones de las comunidades. Las comunidades de la Provincia contribuirán con el 75 por ciento del superávit anual.
Cuando el superávit no alcance los dos millones de pesetas, podrá la comunidad quedarse, para iniciar el ejercicio siguiente, con la cantidad de hasta medio millón de pesetas.
7. De las aportaciones de la Seguridad Social.
8. De las aportaciones de otras Provincias por personal cedido.
64. La administración provincial cubre gastos de:
1. La Curia Provincial
2. Las casas de formación y las comunidades que lo necesiten, en la cuantía que marque el déficit del presupuesto y en el tiempo en que la comunidad lo precise.
3. Las obras extraordinarias de las casas, cuya aprobación corresponde al Visitador y su Consejo.
4. La contribución provincial a las misiones.
5. Las limosnas y obras pías de carácter provincial.
6. El coste inicial de los nuevos ministerios que se emprendan.
7. La subvención de enfermos y ancianos de quienes no se puede hacer cargo la comunidad, mientras no existan seguros suficientes para ellos.
8. Las ayudas que necesiten los misioneros que viven en régimen especial.
9. Las cotizaciones a la Seguridad Social de los misioneros no incluidos en el régimen de trabajadores por cuenta ajena.
10. La contribución a la Procura General.
65. La pensión o pensiones de jubilación o enfermedad que corresponden a cada misionero, provenientes de la Seguridad social o de la aportación de otras Provincias, se harán efectivas en la cuenta bancaria de la comunidad a la que el misionero pertenece.
66. La Seguridad Social de los estudiantes se rige por los seguros actualmente en vigor en España. La Provincia suple los defectos de aquéllos.
67. La ayuda a los familiares necesitados se ajustará a las necesidades reales, a juicio del Visitador y su Consejo.
68. 1. En las administraciones especiales el Visitador con su Consejo determinará las normas propias.
2. Ningún misionero de la Provincia podrá llevar administración especial alguna o ser responsable de ella sin permiso expreso por escrito del Visitador o Superior respectivo.
3. De estas administraciones se presentarán los libros de cuentas al Superior local cada trimestre, según Est. 103, 3-4.
69. Todos los vehículos de la C.M. deberán estar a nombre de la misma y con los siguientes seguros: seguro ilimitado contra terceros, seguro personal del conductor y seguro de viajeros.
70. La Corporación U.S.A. dispondrá de una reserva suficiente, a juicio del Visitador y su Consejo, para cumplir sus obligaciones.
ADMINISTRACIÓN DE LA OBRA
71. Las funciones del administrador de una obra son:
1. Presupuestar los capítulos de ingresos y gastos de la misma.
2. Llevar el movimiento diario de unos y otros.
3. Rendir cuenta de su gestión a los organismos competentes.
4. Enviar al Ecónomo Provincial el estado de cuentas dentro de los treinta días siguientes al término del ejercicio anual.
72. Los ingresos provienen de la naturaleza misma de la obra y de las aportaciones de la Procura Provincial.
73. Los gastos de la administración de una obra son:
1. Los sueldos y cargas sociales anejos a ellos.
2. Los provenientes de la promoción profesional de los que en ella trabajan si están primordialmente en función de la misma.
3. La conservación de los edificios y seguros de éstos.
4. Los sueldos abonados por las obras a los misioneros. Estos han de ser iguales a los de nuestros paralelos profesionales conforme a la realidad en que se vive. Los sueldos abonados por las obras a los misioneros serán ajustados a las horas reales de trabajo.
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD
74. 1. Gastos que puede hacer y permitir el Superior local.
a) Por decisión propia, 50.000 pesetas.
b) Con el consentimiento de la comunidad, hasta 200.000 pesetas
c) Con el consentimiento unánime de la comunidad, hasta 500.000 pesetas.
2. Puede, además, el Superior local delegar al Ecónomo doméstico para que disponga por sí mismo de hasta 50.000 pesetas.
75. El Superior y Ecónomo doméstico de las casas de la Corporación U.S.A. podrán gastar tres veces las cantidades señaladas en el número 74 de estas Normas Provinciales.
76. Las funciones del Ecónomo de la comunidad son:
1. Presupuestar anualmente el capítulo de gastos e ingresos de su administración.
2. Llevar el movimiento diario de los mismos.
3. Rendir cuentas de su gestión a los organismos competentes.
4. Tener un libro de becas y de fundaciones.
5. Enviar anualmente el estado de cuentas de la casa al Ecónomo Provincial dentro de los veinte días siguientes al término del ejercicio anual.
6. Enviar también a la Procura Provincial, dentro del mismo plazo, el 75 por ciento del superávit anual.
7. Informar a la comunidad sobre el estado de cuentas en la forma y tiempos necesarios para la evaluación de la pobreza.
77. Los ingresos de la comunidad provienen:
1. De los emolumentos fijos que perciben de la obra a la que están adscritos los miembros de la comunidad.
2. De los estipendios de las misas.
3. De los réditos de fundaciones y becas.
4. De las retribuciones por trabajos eventuales.
5. De las pensiones recibidas por ancianos y enfermos.
78. Los gastos de la administración de la comunidad son:
1. Habitación y alimento
2. Médicos y medicinas
3. Libros y cultivo profesional, dedicando al menos para libros 15.000 pesetas por individuo y año.
4. Contribución a la Procura Provincial.
5. Contribución a las misiones en cuantía no inferior a 5000 pesetas por persona y año.
6. Limosnas y obras sociales, pudiendo hacer uso del fondo presupuestado para ellas, no sólo el Superior, sino también los demás componentes de la comunidad.
7. Asignaciones personales a cada uno de los miembros de la comunidad para sus gastos.
79. Nuestras casas en U.S.A. contribuyen a la Procura Provincial a través de la Corporación, en la forma señalada para el resto de la Provincia.
ADMINISTRACIÓN DE LAS PARROOUIAS
80. Las parroquias, como todas nuestras casas, deben tener distinta administración para la comunidad y la obra.
81. Administración de la comunidad:
1. Son ingresos de la comunidad: las nóminas y cualquier otro tipo de complemento concedido por concedido por la diócesis, los trabajos extra de los misioneros, los estipendios de de misas o sus equivalentes, los donativos a la comunidad.
2. Son gastos de la comunidad:
a) Todos los que se refieren al sustento de los que trabajan en la parroquia: alimentación, mantenimiento de la vivienda si es propiedad de la C.M., servicio, asignación personal de los misioneros pertenecientes a la comunidad con o sin nómina diocesana, contribución a la Procura Provincial y a las Misiones.
b) Si la fábrica o parte de ella es de la C.M. hay que fijar una parte de los ingresos de la obra parroquial para su conservación y amortización.
3. Se propone como nómina la determinada por la diócesis, más una cantidad que, junto con la nómina, cubra los gastos citados en este mismo número 2.a). La cantidad total tiene que provenir de la nómina oficial, de la caja de compensación, de las aportaciones voluntarias y de las colectas. En su defecto, la diócesis suplirá hasta completar esta cantidad.
82. Administración de la obra parroquial:
1. Son ingresos de la obra parroquial: la cantidad proveniente de los servicios parroquiales, las colectas, las aportaciones voluntarias, los donativos de la obra parroquial y las aportaciones de la diócesis.
2. Son gastos de la obra parroquial:
a) El edificio, material y su mantenimiento, mantenimiento de la obra si es de la diócesis y el servicio de la obra.
b) Gastos de obras apostólicas de la parroquia, de caridad, de catequesis, etc.
c) Las contribuciones obligatorias de la diócesis
d) Las nóminas y suplementos que se han de pagar a los sacerdotes de la parroquia y a otros colaboradores y agentes de pastoral.
83. Este apartado hay que tenerlo en cuenta al hacer contratos con la diócesis.
ADMINISTRACION DE LOS COLEGIOS
84. El colegio se administrará racionalmente de manera que la obra produzca para los gastos anuales y para su conservación y amortización, si fuera posible.
85. La comunidad presentará las pensiones al Visitador y su Consejo para su aprobación.
86. La obra pagará a todos los misioneros dedicados al colegio los seguros sociales de acuerdo con la legislación vigente.
BIENES DE ADMINISTRACION PERSONAL
87. 1. La comunidad local pondrá a disposición de cada uno de sus miembros, cada mes y con motivo de las vacaciones, una cantidad de dinero con la que pueda proveer a sus necesidades personales; esta cantidad se denomina «asignación personal”
2. Con la asignación personal se cubrirán los siguientes gastos:
a) Aseo, ropa, calzado y efectos personales.
b) Viajes y diversiones personales.
c) Vacaciones y aficiones.
d) Limosnas personales.
3. El Visitador y su Consejo determinarán la cantidad correspondiente a la asignación personal. Será revisada a comienzos de año, teniendo en cuenta la situación económica de la Provincia y el nivel de vida.
4. Como puede ocurrir que por circunstancias extraordinarias un misionero tenga alguna necesidad que no puede cubrir con la asignación personal, esté la comunidad atenta a proveer esa necesidad.
5. El uso de este dinero que la comunidad pone al servicio de sus miembros será uno de los puntos de revisión periódica en las comunidades locales.
6. La comunidad sufragará los viajes de vacaciones de los residentes en Canarias y de los canarios residentes en la península, cuando se desplacen de Canarias a la península o viceversa.
7. La comunidad abonará a cada uno de los miembros de la Corporación U.S.A. cada año un tercio del coste real del viaje a España.
8. Vea el Visitador la forma de atender a los viajes de los misioneros destinados en Honduras.
88. Se suprime toda clase de asignaciones personales por parte de la comunidad: mensualidad -fuera de la asignación personal-, onomástica del Superior y particulares, Navidad y Reyes, fin de curso, clases de verano, etc…
89. ESTAS NORMAS PROVINCIALES SON LAS ÚNICAS VIGENTES EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA.
LÍNEAS OPERATIVAS
PROYECTO PROVINCIAL
1. Es importante y necesario elaborar el Proyecto Provincial que el Visitador con su Consejo concretará en Programas anualmente.
2. El Proyecto Comunitario concretará el Proyecto Provincial, las Líneas Operativas y los Programas anuales
MISIONES POPULARES
3. La Provincia de Zaragoza favorece y estimula el ministerio de las Misiones Populares y acepta el «Proyecto de Misión” para los próximos tres años.
4. Cuídense, de modo particular, los siguientes aspectos:
1. La propia integración del Equipo de Misiones para favorecer el desarrollo del Proyecto.
2. La dedicación a tiempo pleno de los miembros del equipo.
3. La comunicación del Equipo de Misiones con todos los misioneros de la Provincia para hacerles conocer: calendario de acciones, programaciones, materiales, experiencias…
4. La colaboración frecuente de los miembros de la Provincia con el Equipo de Misiones. Hacer constar en el Proyecto Comunitario los tiempos que los misioneros, dedicados a otros ministerios, puedan disponer para las Misiones Populares.
5. El desarrollo de cauces para la colaboración de los laicos en las Misiones, cuidando la participación de los laicos de los lugares que se misionan.
Para favorecer esta participación, se procurará atender convenientemente las necesidades económicas de los lacios que colaboran en este ministerio.
6. La preocupación por la justicia social y la organización de la Caridad.
7. La preparación y especialización de los misioneros, también en los modernos medios de comunicación social. Preparar a los nuestros en las distintas Etapas de su formación para que puedan ejercer con competencia este ministerio. Tener en cuenta este ministerio en los Programas de Formación Permanente.
PARROQUIAS
5. La imagen de parroquia evangelizadora, presente en la reflexión de la teología pastoral de nuestros días, ofrece amplias posibilidades para hacer efectiva nuestra vocación.
6. Nuestra presencia en las parroquias estará orientada por los criterios enunciados en las Constituciones y Estatutos de la C. M., en el «Proyecto Pastoral de las parroquias vicencianas» y en los Planes Pastorales de !as Diócesis en que nos insertamos.
7. En el ministerio parroquial pondremos especial cuidado por:
1. Dar a entender claramente nuestro talante misionero.
2. Promover a preocupación por la justicia social y la organización de la Caridad.
3 Cuidar la presencia y cercanía a las necesidades y el compromiso decidido por la transformación de la sociedad.
4. Potenciar la participación de los laicos en !a vida eclesial y en el cambio social.
5. Cultivar la colaboración con el clero diocesano.
PASTORAL JUVENIL
8. La Provincia de Zaragoza intensificará, en los próximos tres años su atención al crecimiento en la fe de los jóvenes. Ellos constituyen hoy un verdadero reto a nuestra labor evangelizadora.
9. En el trabajo pastoral con los jóvenes se tendrá cuidado especial por:
1. Integrar nuestro quehacer en el conjunto de la pastoral juvenil diocesana.
2. Priorizar la dimensión vicenciana, atendiendo a los grupos que hannacido en el seno de la familia vicenciana (J.M.V., Ozanám, Feyda…) y a todos los que potencian el compromiso por la justicia y transformación de la sociedad.
3. No reducir nuestro trabajo con los jóvenes a la preparación del sacramento de la Confirmación, dada la libertad de la opción sacramental y las distintas edades que se proponen para ella.
4. Ofrecer el proyecto vocacional vicenciano.
PROMOCIÓN VOCACIONAL
10. La Promoción vocacional se centra, principalmente, en la pastoral juvenil.
11. En la promoción a la vocación específica vicenciana, nos atendremos al Plan de Pastoral Voacional, que todas las comunidades leerán detenidamente al elaborar o revisar el Proyecto Comunitario.
12. Trataremos de que en toda nuestra pastoral esté presente el interés por descubrir y acompañar la llamada.
13. Nos esforzaremos en ofrecer nuestro testimonio de vida, conscientes de que nos toca ser testigos lúcidos para los demás de la vocación recibida.
14. Responderemos a los problemas y dificultades que plantea la promoción vocacional evaluando y revisando lo que se va haciendo.
15. Fomentaremos el trabajo en equipo de formadores y promotores. El equipo de Promotores estará integrado, al menos, por tres misioneros.
16. Acompañaremos personalmente a cada candidato en el proceso de discernimiento y crecimiento vocacional.
17. Recordaremos que el trabajo vocacional no concluye con el ingreso de los candidatos en las casas de formación.
EDUCACION
18. Es importante, en el momento actual, la labor de educación, en nuestros colegios o en otros centros, para fomentar valores evangélicos y vicencianos en los hombres de hoy
19. Procuraremos educar laicos comprometidos en la causa de los pobres.
20. Los misioneros se pondrán en actitud de disponibilidad para la misión de educadores.
MINISTERIOS CON LA HIJAS DE LA CARIDAD
21. Las Constituciones ofrecen en el n. 17 los siguientes ministerios con relación a las Hermanas:
1. Ejercicios Espirituales:
Comunique el Director al Visitador los nombres de los misioneros a quienes solicita este servicio. Dar facilidades a los misioneros para que puedan capacitarse para este ministerio.
2. Retiros:
Asuma la comunidad los retiros de las Hermanas como algo que atañe a toda la comunidad. Planifique con ayuda de los respectivos Directores.
3. Sacramento de la Penitencia:
Acepten los Padres ayudar a las comunidades geográficamente distantes en el sacramento de la Penitencia. Estén abiertos a posibles llamadas de las Hermanas. Fomenten la celebración comunitaria de este sacramento.
4. Colaboración mutua en el servicio del pobre:
Buscar y promover cauces de colaboración con las Hermanas en el servicio concreto al pobre.
EN COMUNIDAD PARA LA MISIÓN
22. Para acentuar la intercomunicación y conseguir una mayor unidad en la comunidad: trataremos de:
1. Compartir la urgencia y tensión de nuestro ideal misionero.
2. Practicar la caridad, alma de la comunidad, que se expresa en el ejercicio de las cinco virtudes.
3. Aceptar al otro desde la pobreza en el espíritu.
4. Establecer encuentros periódicos de oración-celebración, de revisión y de intercambio.
5. Favorecer encuentros entre comunidades vecinas.
6. Centrarnos en una mayor dedicación al trabajo, en un esfuerzo por vivir el tiempo libre y en una mayor aceptación de la obediencia.
FORMACIÓN PERMANENTE
23. Nivel de especialización
1. En los tres próximos años cinco misioneros se especializarán en Teología, Espiritualidad, Ciencias Sociales y Ciencias y Técnicas de la opinión pública, en favor del servicio a los pobres.
2. El Visitador y la comunidad favorecerán la asistencia de los misioneros a cursillos y congresos.
24. Nivel de renovación:
1. Tres misioneros acudirán cada año a un curso de renovación teológico~pastoral y profesional. Los lugares serán elegidos de común acuerdo por el Visitador y los misioneros.
2. Durante el verano asistirán a cursillos de renovación al menos cuatro misioneros.
3. Cada comunidad especificará en el Proyecto Comunitario lo que va a hacer durante el año para su formación, teniendo en cuenta las oportunidades que se ofrecen durante el curso y el tiempo de vacaciones.
4. En el plazo de tres años cada comunidad actualizará su biblioteca y hará para ello el esfuerzo económico necesario.
25. Nivel de formación vicenciana:
1. En los próximos tres años dos misioneros acudirán cada año a cursos de formación vicenciana.
2. Para favorecer la vocación vicenciana de los misioneros, se hará lectura semanal de una conferencia de San Vicente. Cada comunidad espeficará en su Proyecto Comunitario el día y momento más oportuno.
3. Asimismo, cada comunidad incluirá en su Proyecto Comunitario el estudio en común de las Constituciones, Estatutos y Normas Provinciales.
4. Para facilitar a los misioneros el Estudio de las Constituciones, Estatutos y Conferencias de San Vicente, el Visitador encargará a algún misionero especializado la preparación de trabajos introductorios y comentarios. Estos trabajos serán enviados a las comunidades junto con el Boletín Informativo de la Provincia.
5. Para favorecer el conocimiento mutuo, la convivencia fraterna, el celo misionero y la sintonía con los problemas del momento, se reunirán los misioneros de las Zonas siguientes:
– Zona Norte: Barakaldo-Colegio, Barakaldo-Parroquias, Astrabudúa, Murguía, Pamplona y Sebastián.
– Zona Central: Zaragoza-Boggiero, Zaragoza-Casablanca y Teruel.
– Zona Sureste: Albacete, Cartagena, Cuenca y Madrid.
– Zona Canarias: La Laguna, Las Palmas, Jinámar y La Orotava.
– Zona Este U.S.A.
– Zona Oeste U.S.A.
– Zona Honduras.
26. Nivel de experiencias pastorales:
Los misioneros que trabajan en los distintos campos de evangelización se reunirán cada año para intercambiar experiencias y para ajustar su actividad ministerial a las líneas de la pastoral provincial.
ASAMBLEA 97
PREÁMBULO
La Asamblea Provincial 97 ha escuchado unas voces impulsoras, ha compartido una experiencia gozosa de fraternidad con los grupos vicencianos y quiere revitalizar el servicio de la Provincia a la evangelización de los pobres.
El discurso del Sr. Visitador sobre el estado de la Provincia provocó una respuesta esperanzada para tratar de fomentar las luces y superar algunas sombras en nuestra vida y en nuestros ministerios. EI Sr. Arzobispo de Pamplona, que presidió la Eucaristía del primer día, nos exhortó a revivir nuestro sentido eclesial, insertando nuestra fidelidad carismática en la respuesta de la Iglesia a los desafíos del tercer milenio. El P. Carmelo Velloso nos impactó desde su experiencia de encuentro con los pobres encarcelados v excarcelados. Don Florentino Ezcurra, delegado de Cáritas en la Archidiócesis de Pamplona, nos urgió a una mayor coordinación en las acciones eclesiales de la acción caritativa-social que ha de integrar la acción evangelizadora con no menos peso que la dimensión litúrgica o profética de la misma. Y el P. Bravo. SCJ, nos ofreció el cauce del Consejo Pontificio “Justicia y Paz” para un compromiso renovador de nuestra sociedad.
La convivencia con los representantes de los grupos vicencianos ocupó toda la segunda jornada en la que pudimos comprobar la vitalidad de los mismos, disfrutar con sus distintas iniciativas y sentir la responsabilidad de una colaboración más asidua, leal y comprometida. Esta jornada terminó con la celebración festiva de la Eucaristía.
Desde la experiencia vivida, la Asamblea exhorta a las distintas comunidades a reproducir en sus lugares de vida y acción, encuentros similares con los movimientos vicencianos que terminen en líneas de acción concretas y precisas en favor de los pobres del lugar.
2. COMPROMISOS
Desde estos impulsos y experencias, la Asamblea convoca a la Provincia a realizar los siguientes compromisos:
a) FORMACIÓN PERMANENTE
1. la formación mantiene la juventud del espíritu que nadie puede imponer desde fuera, sino que cada uno debe encontrar continuamente en su interior– (Pastores dabo bobis, 79).
2. La Asamblea exhorta a mantener y revitalizar las reuniones de zona y a responder a la variadísima oferta que anualmente se nos hace desde instancias diocesanas, nacionales o internacionales.
b) COLABORACIÓN CON LOS LAICOS
1. Desde una ayuda más generosa en su formación.
2. Desde mesas de coordinación, a distintos niveles, que inviten y orienten a una colaboración para poner en marcha, desde la misión, el ejercicio de la caridad.
3. Desde una planificación conjunta que nos comprometa en una actividad concreta, desde la atención a la realidad en que vivimos.
c) RESPUESTA A LOS DESAFÍIOS DE LA EVANGELIZACIÓN HOY
1. La Asamblea se ha visto fuertemente interpelada a una conversión radical el fidelidad al espíritu misionero que anime a seguir a Cristo evangelizador de los pobres con una actitud de pobreza, solidaria con ellos, que se inicia en el cumplimiento fiel del compromiso de nuestro voto, como se recuerda en documento aparte.
2. Desde esta voluntad de conversión, la Asamblea quiere provocar en todos una preocupación por los pobres, concretada en el cumplimiento fiel de las tareas encomendadas por la comunidad, en la preocupación preferencial por la misión que se nos ha confiado en Honduras y en un acercamiento personal a la realidad de los pobres de nuestros entorno para sentirnos interpelados desde ellos, por el mismo Cristo.
SOBRE LA POBREZA
Esta Asamblea provincial quiere recordar a todos los misioneros de la Provincia los siguientes puntos relativos a la pobreza vicenciana:
1. POBREZA PERSONAL (Pg. 163 de las Const; pp. 91-95 de Estatutos).
Nos parece oportuno hacer una llamada a toda la Provincia sobre estos puntos que se refieren al voto de pobreza (y no sólo a la virtud), para evitar prácticas contra el voto.
Al recordar una vez más cosas que constan claramente en los Documentos de la Congregación desde tiempo de san Vicente, queremos también ayudar a los superiores locales, que a veces muestran cierto desconcierto o inseguridad o condescendencia fácil, en estos puntos.
a) Los bienes y dineros de propiedad personal (recibidos por herencia, donación de parientes…) están sometidos a las exigencias del voto de pobreza que hemos hecho.
b) El voto se practica solicitando permiso del superior local para el uso y disposición de los bienes (Const. s4).
c) Estos bienes deben usarse:
– Para obras pías, obras de caridad, con permiso también del superior:
– En favor de los compañeros, evitando la desigualdad entre nosotros (Const. 35).
– Pueden usarse en beneficio propio, con permiso del superior. Este último punto no se recomienda positivamente. Es una norma permisiva que aparece en el breve Alias Nos, pero que no agradaba a san Vicente (véase XI, 651-652.y pg. 93 de Estatutos, nº 4).
– El superior procurará que con esos bienes se ayude a los padres o parientes necesitados.
2. POBREZA COMIINITARIA
a) Esta Asamblea quiere hacer una nueva llamada a vivir la sobriedad de vida que exige nuestra vocación y la virtud de la pobreza vicenciana. Quiero una vez más recordar a todos en particular la moderación razonable en el uso del teléfono y de los coches.
b) Para ser pobre en espíritu y en verdad no basta hoy contentarse con lo que se refiere a la práctica de la pobreza personal. La nueva visión de la pobreza en las Constituciones pide una participación activa y corresponsabilidad que van más allá de la pobreza en el aspecto personal: pide un interés activo por la pobreza de la comunidad local y la de la comunidad provincial (Const. 149).
Comentarios recientes